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33 Dias por año

7 Comentarios
 
33 dias por año
29/04/2004 19:38
Hola colaboradores:

En mi contrato tengo especificado la indemnizacion por despido improcedente esa que salio para los nuevos contratos , en la que en lugar de 45 dias por año, me dan 33 . En estos contratos pone que si el despido lo hacen procedente y despues se considera improcedente, los dias que me dan por año serian estos 33. Entonces mi pregunta es :
1) si me despiden y lo consideran procedente, desppues yo recurro, y es considerado improcedente, me darian 33 dias. Pero ¿se devengan en esta caso salarios de tramitacion?
Lo digo porque habia escuchado alguna informacion por ahi sobre como convertir estos contratos de 33 dias y hacer que te pague 45, ya que a la empresa no le sale a cuenta pagar los salarios de tramitacion y entonces te despiden improcedentemente de manera directa y no usan el metodo para dar los 33 dias( despido procedente-improcedente). ¿es esto cierto?
30/04/2004 09:16
Vicenç,

Ten en cuenta que la indemnización de 33 días por año en este tipo de contratos solo es posible si el despido OBJETIVO es declarado improcedente (porque si es procedente son 20 días/año con un máximo de 13 mensualidades).
Si el despido es disciplinario y se declara improcedente, la indemnización será la general, o sea 45 dias /año con un máximo de 42 mensualidades, aunque el contrato sea de seste tipo (indefinido de fomento de la contratación indefinida).
Ojo!, que muchas empresas o asesores esto no lo tienen claro y ante este tipo de contrataciones, despiden via disciplinario y luego reconcen la improcedencia confiando que serán 33 dias, y no, si lo han hecho así son 45.

Imagino que a lo que te refieres es que en muchos casos, las empresas prefieren ir por el disciplinario y reconocer la improcedencia consignando la indemnización, aunque sea de 45 días ya que el obetivo requiere de preaviso de 30 días, con permisos retribuidos, etc,y al final, según los casos, puede salir más caro auqnue la indemnización propiamente dicha sea menor.
Un saludo

Nando
30/04/2004 13:34
Hola Nando.

Tu contestación ha si do perfecta. clara y concisa.

Saludos-
30/04/2004 15:00
Ja,ja,ja, gracias Ninfa. Imagino que lo de ser conciso me cuesta, pero lo intento, ¿eh?. Si en este caso te lo he parecido (y encima claro) pues me alegro de que alguien como tú lo considere así.

Pero lo de perfecto... yo al menos ahora me he visto un fallo, mecanográfico: 13 por 12 en lo que se refiere al máximo de mensualidades de la indemnización del despido objetivo procedente.

Buen fin de semana para tí y el resto de foristas.
Un saludo.

Nando
30/04/2004 15:42
¡coño.! es cuerto.

¡Además perfeccionista.1

Saludos cordiales.
30/04/2004 16:12
GRacias a Nando_bcn y ninfa por vuestras respuestas, pero ahora solo tengo un pequeño matiz que no entiendo. Cuando dices :

"consignando la indemnización, aunque sea de 45 días ya que el obetivo requiere de preaviso de 30 días, con permisos retribuidos, etc,y al final, según los casos, puede salir más caro auqnue la... "

¿que quieres decir "con permisos retribuidos"?
¿es que tengo algun permiso retribuido si el despido es objetivo??. Perdona, pero a ver si me lo puedes explicar un poquito. Gracias.
Por ultimo, si el despido es objetivo ( mintiendo la empresa ya que saben que es disciplinario ) y despues sale improcedente ¿¿serian 45 dias??
06/05/2004 16:32
¿me puede responder alguien?. Por favor.
06/05/2004 16:52
Creo que te quieren decir que tienes derecho a 6 horas semanales (retribuidas) con el fin de buscar nuevo empleo. esto durante el mes de preaviso.
La segunda parte de la pregunta entendiste bien.
Saludos