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3000 viviendas ilegales

4 Comentarios
 
17/01/2012 23:15
Los cuatro años empiezan a contarse desde que se ha terminado la obra!! Se entiende que se ha terminado cuando se puede vivir en ella, por ejemplo, aunque no esté pintada.
El tema de las segregaciones en suelo no urbanizable se que existen unas distancias mínimas y también unas superficies mínimas de segregación, pero sé decirte cuales.
Saludos.
17/01/2012 22:27
Las viviendas a las que me refiero estan en suelo rustico y en parcelas como comento en menos de 10000 m cuadrados.
hay algunas que no estan terminadas y otras tantas que no tienen los 4 años terminadas.
pero si pagan contribución.
Otra pregunta por si alguien sabe responder es si en un terreno rustico de unos 22000 m cuadrados y al mismo titular se pueden construir 2 casas sin ser ilegales.
Y en tal caso se puede segregar una parte de terreno no vinculante y siempre al mismo titular de la finca para poder hacer 3 casas.
gracias y un saludo
17/01/2012 21:41
"Por cierto, es independiente la contribución que paga un inmueble con la clasificación urbanísitca que le da el planeamiento. El hecho de pagar contribución de urbana legaliza el inmueble."


PERDÓN, " NO" LEGALIZA EL INMUEBLE

17/01/2012 21:39
Hola, en primer lugar decir que la legislación urbanísitica varía en función de la comunidad autónoma. Supongo que lo que te voy a decir es igual para todas, sé que antes estaba establecido a nivel estatal pero ahora estoy dudando...me aseguraré. La legislación que yo conozco es la valenciana, pero son muy parecidas en el fondo. Si estan en suelo no urbanizable protegido (yo entiendo que tiene que ser una protección establecida por ley, como aguas, carretera, arqueológica... lo que excluye la protección agrícola), u ocupan zonas verdes o dominio público, no existe plazo para solicitar el inicio del expediente de protección de legalidad urbanísitca para la demolición de las mismas y su posterior expediente sancionador. Si estan en suelo no urbanizable común, por ejemplo, el plazo para solicitar la acción de protección de la legalidad es de cuatro años. Pasados cuatro años si no se ha iniciado el expediente no te pueden demoler la construcción, pues tienes patrimonializado tu derecho y el inmueble se queda en régimen de fuera de ordenación, es decir, que solo se pueden hacer obras de reforma sin aumentar volúmenes....

Por tanto, salvo que en tu CCAA la legislación sea diferente, que lo dudo, primero debes enterarte o pregntar en el Ayto en qué clase de suelo se encuentran y cuánto tiempo hace que estan construidas.

No sé si te he liado más.

Por cierto, es independiente la contribución que paga un inmueble con la clasificación urbanísitca que le da el planeamiento. El hecho de pagar contribución de urbana legaliza el inmueble.

Un saludo.
3000 viviendas ilegales
17/01/2012 18:35
buenas tardes
mi pregunta es sobre un pueblo de la provincia de Albacete. Mas concretamente de Villarrobledo donde hay sobre unas 3000 viviendas de uso particular construidas en terreno rustico de unos 2000 m cuadrados cada una.
Segun tengo entendido para poder construir una casa en terreno rustico se necesitan unos 10000 m cuadrados. ahora bien mi duda es la siguiente.
si se denunciara al ayuntamiento por estas obras mas otras tantas que hay en construcción quien deberia responder ante la justicia y como es posible que se este cobrando contribucion a todas esas viviendas de unos 500€ a cada una si son ilegales.
si denunciara se derrumbarian las casas construidas y sino es asi.
Como y de que manera debo actuar para denunciar al mencionado ayuntamiento.
gracias y un saludo