Desde hace unos meses, la empresa nos obliga a hacer media hora más diariamente para asumir el tiempo que dedicamos al desayuno. Dicho de otra manera, nos obliga a dedicar 30 minutos no computables en el horario laboral durante la jornada a desayunar.
Nuestro horario es de 8h a 13.30h y de 15h a 18.30h. Hacemos 9 horas diarias, 30 minutos por el desayuno y otros 30 para (se supone) compensar la jornada intensiva del verano y las 7 horas que trabajamos los viernes.
Mi pregunta es ¿puede obligarme la empresa a hacer 30 minutos más de jornada laboral para mi desayuno? ¿Por qué no puedo desayunar en casa o simplemente no desayunar y ahorrarme el estar 30 minutos más en el centro de trabajo?
En la práctica, acabamos dedicando esos 30 minutos a trabajar y como mucho 15 a desayunar.
Desconociendo lo que pueda decir el convenio de aplicación (no nos dice ni en que trabaja, ni el convenio de aplicación o por ej si éste es nacional o provincial, ni si hay comité de empresa que haya llegado a acuerdos al respecto con la empresa), bien como digo desconociendo todo esto el ET recoge que en jornadas de trabajo de mas de 6 horas consecutivas debe mediar un descanso de al menos 15 minutos y este tiempo habría que recuperarlo, luego los convenios duelen mejorarlo ampliando el tiempo así como recogen si este tiempo es retribuido y no recuperable, (insisto no sabemos lo que dice el convenio), dicho todo esto precisar que en su caso al ser horario partido no existe la obligación de disponer ese tiempo así que salvo acuerdos no esta obligada a hacer ese descanso.
Gracias por tu respuesta. Lo cierto es que llevo casi dos años aquí en Sevilla y nadie me ha podido decir con certeza a qué convenio estamos adscritos aunque parece que es el del metal. La empresa se dedica a la distribución de material eléctrico. No hay comité de empresa, aquellos que intentaron crearlo fueron despedidos de inmediato. Seguramente existirá algún tipo de sindicato amarillo porque la compañía tiene más de 400 trabajadores.
Existe mucho miedo porque cada semana hay despidos. Mucha rotación en la plantilla, becarios por trabajadores indefinidos, por ejemplo. Nuestro pan de cada día en este país.
Entiendo q legalmente no le corresponde el descanso de 15' para desayunar puesto q no hacen las 6 horas consecutivas.
Si no estoy equivocada corresponden los 15' cuando el tiempo trabajado es de 6 horas o superior.
A menos q el Convenio lo clarifique mejor... yo no discutiría nada hasta cerciorarme de q corresponde.
Ah! Si el viernes trabajan las 7h segiuidas si q les corresponde...
Concretando un poco más mi duda todavía no resuelta, me pregunto si la empresa (adscrita al convenio del comercio del metal y sin comité de empresa/representación sindical) puede obligar a sus trabajadores a hacer dos paradas en su jornada laboral. La primera se supone que sería para desayunar y la segunda para comer. La jornada partida es algo habitual en nuestras empresas, la "tripartida" no lo había visto nunca.
Que alguien quiera desayunar y dedique 15 o 30 minutos a hacerlo, lo veo bien e incluso que recupere este tiempo dentro de su jornada laboral. Pero que se obligue a todos los trabajadores de una oficina a parar 30 minutos en las instalaciones de la empresa para desayunar, es algo que no había visto nunca. En la práctica, considero que es un ardid del empresario para hacer que los empleados hagan 30 minutos más. Como comentaba, muchos desayunan en su puesto de trabajo o simplemente no lo hacen.
Lo que está claro es que esta medida ha sido tomada unilateralmente por el empresario, no se ha pactado con los trabajadores.
Aunque había puesto usted su horario no me había percatado pero la información que le dí fue correcta y a su vez coincide plenamente por lo comentado por Diangidi, ustedes tienen horario partido y por tanto no les ocurre como al que trabaja a jornada continua de 8 horas seria en este 2º caso en el que el paro es obligatorio, pero claro como usted nos dice que nadie protesta porque sino lo echa, por cierto siendo cerca de 400 trabajadores con toda seguridad tienen que tener un Comité de Empresa de 13 miembros es a estos a quienes tienen que presentar las quejas para que ellos negocien con la empresa pero claro si me dce que es un comité impuesto por la empresa y que quien pretenda hacer uno de trabajadores lo echan como no se armen de valor y se planten para conseguir uno que sea de trabajadores y no de los impuestos por la empresa no van a conseguir nada.