Queria saber si estando contratado en el regimen especial agrario, se tiene derecho a cobrar los dias de vacaciones que correspondan, ya que mi padre lleva 30 años en una empresa y cada vez que se coje vacaciones ese mes no lo cobra.
Salvo mejor opinion, el Reg especial de SS Agrario tambien se rige por el ET por lo tanto creo que sí (insisto, no lo puedo asegurar)
Otra cosa es que la empresa no está obligada a cotizar si en vez de reg. general agrario se cotiza por jornadas reales
http://www.seg-social.es/Internet_1/SistemaRed/NoticiasRED/Boletinesdenoticias37408/20028de25deseptiemb34116/RegimenEspecialAgra34117/index.htm
mira este post: http://www.porticolegal.com/foro/laboral/202709/cotizacion en vacaciones.s.s. e irpf