Mi dudas son las siguientes, cuando se habla que para la aprobación de determinadas propuestas ( p.ej. establecimiento de un servicio de seguridad ) son necesarias 3/5 de los votos se refiere esto ¿a los asistentes a la junta o al total? y la otra es ¿pueden en una mancomunidad formada por varios bloques los presidentes de estos votar y correspondientemente representar a todo su bloque en las "juntas de presidentes" que tengan lugar?
Gracias por anticipado