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25% de vecinos

5 Comentarios
 
30/04/2021 15:58
1.- El Presidente debe convocar cuando lo pida la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participación.


2.- La convocatoria de las Juntas la hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, practicándose las citaciones en la forma establecida en el artículo 9.


3.- La convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo 15.2.



4.- Si a la reunión de la Junta no concurriesen, en primera convocatoria, la mayoría de los propietarios que representen, a su vez, la mayoría de las cuotas de participación se procederá a una segunda convocatoria de la misma, esta vez sin sujeción a "quórum".


5.- La Junta se reunirá en segunda convocatoria en el lugar, día y hora indicados en la primera citación, pudiendo celebrarse el mismo día si hubiese transcurrido MEDIA HORA desde la anterior.
22/04/2021 21:56
Pepe123
¿Que tiempo hay o debe haber entre primera y segunda convocatoria?. Gracias.
22/04/2021 00:49
En primera convocatoria deberían asistir más del 50%, es decir, 8. Pero en segunda convocatoria no hay mínimo.
21/04/2021 09:19
jalisco
Tiene usted razón la pregunta no está bien enfocada, hay vecinos que me dicen que tenemos que ser de 14 la mitad mas uno para llegar a acuerdos y hacer acta, o sea con 8 vecinos habría bastante para formar junta, lamento mi desconocimiento y agradezco cualquier consejo y ayuda. Gracias.
20/04/2021 22:59
El porcentaje de convocatoría ya lo indica usted, al menos el 25%.
Entiendo que se referirá a cuantos propietarios como mínimo pueden estar en la junta. Con UNO es suficiente
La pregunta debería ser en lugar de acta, sería la junta
25% de vecinos
20/04/2021 22:39
Tenemos una comunidad de 14 vecinos y para hacer reunión con el 25% podemos convocar, pero ¿que porcentaje de convocatoria tiene que haber para que el acta sea legal? Gracias.