Cierto, es un rollo, pero es uno más entre la multitud de abusos que se producen en el sector por las empresas que todos conocemos. No es por las 2h, es por tratar de hacer valer nuestros derechos.
Seguire las recomendaciones, les pediré comunicación por escrito, a ver que me dicen.
Pues lo que ocurre es que debe pedirlo por escrito y firmar no conforme luego se va usted para su casa cuando la empresa le dice, (esta usted acatando una orden) y luego en su día cuando le digan que tiene que devolver esas dos horas les dice que no le apetece que fue la empresa quien para no pagar un pico mas les envió para casa así q usted no recupera nada y si quieren que se las descuenten de la nomina, si lo hacen debe demandarles ante el juzgado de lo social.
Es un rollo andar en estos líos por dos horas pero es lo que hay.
SMO
En el convenio de contact center vigente, en el articulo 47 referente a festivos y domingos se expone:
" 2.- Tendrán la consideración de festivos especiales, los siguientes:
• El día 25 de diciembre.
• El día 1 de enero.
• El día 6 de enero.
Dichos días se complementarán con los recargos contenidos en las tablas anexas, con
independencia de la compensación de un día libre retribuido.
También tendrán la consideración de festivos especiales los días 24 y 31 de diciembre a partir
de las 20’00 horas complementándose con los recargos contenidos en las tablas anexas. "
Pues bien, mi horario es de 16:00h a 22:00h. La empresa ha comunicado (no por escrito) que el dia 24/12 "obligarán" a todos los trabajadores que terminen su turno después de las 20h a irse para casa debiendo recuperar las horas que no sean trabajadas (en mi caso de 20:00h a 22:00h).
¿Puede la empresa obligarme a salir antes unilateralmente? ¿Si yo estoy dispuesto a cumplir con mi jornada habitual estoy obligado a marcharme? ¿Debo devolver esas 2h a la empresa incluso obligándome la empresa a salir antes?