Vamos a ver,ces su propio convenio el que se refiere a trabajar 3 festivos al año sin compensación, el resto de festivos hasta 14 puede trabajarlos o no y si los trabaja deberán ser compensados, como tb le he dicho yo interpreto que cesos 3 festivos deben ir incluidos en las 1750 h/año.
A usted puede que no le guste pero esd su convenio en su art 39 el que fija ficha cuestión, no hay más que decir.
En cuanto a lo acumular esos 20 minutos o trabajarlos diariamente, respecto al tiempo del bocadillo hace referencia a jornadas continuas de más de 6 h, es obligatorio y al no ser retribuido tendrían que hacerlo dentro de la propia jornada diaria pero puede darse el caso que en ésta empresa se trabaje a turnos de M, Y y N por lo que si fuera el caso si se hicieran dentro de la jornada se solaparian dos turnos cada cambio de turno diario, esto no es posible es por ello que la empresa fija esa bolsa de horas.
smo
Buenas foreros,
Hice una consulta sobre festivos y pausa del bocadillo.
La planteo de otro modo el tiempo no efectivo del bocadillo (20 minutos) se deben recuperar en la misma jornada o me pueden hacer una bolsa horas y hacerme trabajar mas días y 3 festivos inclusive. Días ordinarios lo puedo comprar, pero 3 festivos no compensatorios que me meten en las 1750 horas anuales, por un tema de recuperación de dicha pausa....lo veo una aberración.
Muchas gracias de antemano foreros.