Si pasan más de 20 días entre contrato y contrato ¿se puede reclamar por despido impreocedente tras el fin del ultimo contrato con la antigüedad del primero si hay fraude de ley en la contratación?
Supongo que no se puede pero no estoy seguro.
Ya me comentareis vuestras respuesta.
Gracias.
Los 20 días, por norma general no interrumpen la relación laboral. De todas formas habría que ver el caso con mas detenimiento. ¿Has estado trabajando estos 20 días? ¿Qué tipo de contrato es? ¿solicitastes desempleo?
No, no se trabajó durante esos 20 días, y no se solicitó desempleo porque finalizó el contrato temporal previo...
Pero y si en lugar de comunicarme el fin de contrato temporal me hubieran despedido y no hubiera reclamado por despido improcedente y hubiera firmado otro contrato temporal con la misma empresa pasados más de 20 días después delñ fin del contrato temporal primero a la finalización del 2º contrato si hay contrato en fraude de ley ¿podría reclamar por despido improcedente con la fecha de antigüedad del primer contrato?
Por lo que cuentas, y ateniéndonos a la legalidad y las buenas formas, no se debería solicitar que reconocieran la antigüedad desde el inicio del primer contrato. De hecho, en este caso, debería considerarse que realmente hay una interrupción de la relación laboral.