No depende de que se haya hecho o no la adjudicación. Están prescritos los dos impuestos porque el plazo de prescripción es de cuatro años contados a partir de la finalización para declararlos. Y ese plazo es de seis meses desde el fallecimiento.
O sea que, a los 4 años y seis meses del fallecimiento, prescribieron los dos.
Para hacer la adjudicación, seguramente tendréis que presentar las declaraciones marcando la casilla "prescrito".
20 años sin adjudicar testamento ¿situación tributaria actual si se ejecutará?
Mi abuela falleció hace 20 años y tenía testamento hecho a favor de sus hijos y el cual nunca se adjudicó. Ahora los 4 hijos, de entre 70 y 80 años de edad quieren realizar esa adjudicación pero no saben en que situación tributaria estarían de caso de llevarla a cabo. Mi abuela lo único que dejó en testamento es un dinero en el banco y su vivienda habitual en la cual sigue viviendo uno de los hijos.
Cuando me lo comentaron pensé que estarían exentos de tributar el Impuesto de Sucesiones así como el de la plusvalia municipal del piso de mi abuela por prescripción de ambos impuestos pero luego me dí cuenta que eso hubiera sido así en caso de haber realizado esa adjudicación hace 20 años pero en este caso la adjudicación la realizarían ahora y desconozco si están obligados a tributar estos dos impuestos multas, recargos y demás.