2.- Ha sido procesado penalmente y condenado por infracción de tráfico, en la cual ha reincidido, lo cual de suyo comporta una mayor gravedad.
De lo establecido tanto en la Ley de Extranjería, como en el Reglamento de la Ley de Extranjería, nos encontramos con que la residencia de larga duración tiene una naturaleza indefinida, permanente, no sujeta a la caducidad (caduca LA TARJETA, pero no la autorización, a diferencia de las autorizaciones temporales, en las que la vigencia de la tarjeta iba ligada a la vigencia de la autorización concedida por el órgano competente, la cual se hallaba contenida en la resolución del procedimiento administrativo, iniciado a instancia de parte interesada). Pero puede extinguirse, bien de pleno derecho, cuando se está fuera de España más de 12 meses o bien cuando no se proceda a la renovación extraordinaria prevista en la Ley orgánica reguladora de los estados de alarma, excepción y de sitio. Y puede extinguirse por resolución motivada de la autoridad competente cuando se compruebe la inexactitud en los hechos y alegaciones presentados para obtenerla y cuando se encuentre incurso en alguno de los casos de prohibición de entrada, pero teniendo en cuenta a la vez las circunstancias personales, como el tiempo previo de residencia, los vínculos creados, la edad, las consecuencias personales y para la familia, los vínculos con el país al que va a ser expulsado; es decir, para tomar esta decisión no se puede proceder de forma mecánica, sino que se debe estudiar detenidamente el caso y las circunstancias personales del sujeto, toda vez que se trataría a la vez de una situación de extremada excepcionalidad, ya que los residentes de larga duración tienen derecho a residir de forma indefinida en España y por otro lado, gozan de una protección reforzada contra la expulsión.
El estar o haber sido procesado y condenado, siendo residente de larga duración, no es por sí mismo motivo para la denegación de la renovación de la tarjeta (cosa que sí lo es en los casos de residencia temporal).
HOLA, me sucede que este abril 2011 me toca la 2º
renovación permanente de mi tarjeta de residencia; pero hace 8 meses se me termino la condena penal que tuve por alcolemia (Servicio a la comunidad, curso, retirada de carnet....); pero resulta que hace un mes otra
ves me detuvieron por alcolemia y el fiscal esta pidiendo 6 meses de prisión, pero mi abogado lo bajara a 3; la pregunta es la sgte.: podré renovar mi tarjeta de residencia con estos dos antecedentes penales?,,,considerando que me toca la 2ª renovación permanente.
se agradece las aclaraciones.