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2ª parte..mi hija

4 Comentarios
 
2ª parte..mi hija
perfil JLG
22/10/2007 17:23
Hola de nuevo a todos:
Más consejo ¿Es posible?
Desde Octubre del 03 y cumpliendo con la pertinente sentencia he estado ingresando 420,-€/mes por la manutención de mis hijos( en la actualida tienen 13 y 17 años.
Desde Septiembre del 06 y hasta el Julio del 07, he estado en paro ( casi un año), por lo que me he visto obligado a mermar la cantidad de esos 420,-€ a 200,-€. Avisé a la madre de la situación en la que me encontraba por medio de un fax en correos indicando que cuando mi situación se regularizase, todo continuaría como antes.
Este més de Octubre me ha llegado una demana por no pagar la pensión de mis hijos y por no pagar la 1/2 de la hipoteca, ( tengo justificantes de haber pagado por lo menos los 200´-€, y de haber estado en paro sin trabajo), al igual, dispongo los justificantes de lo que pago donde vivo y del personal, además dispongo los pagos de 700,-€ que me prestó un familiar enel mes mayo, para pagar la matricula y el material de la escuela donde mi hija quiere estudiar, claro que...de eso, no quiere mi hija que se entere su madre, por lo que tendré que omitirlo.
Mi hija desde hace 3 años, no vive con la madre, sino con el novio y los padres de este. Los que la mantían y proveían de ropa, etc...etc... hasta que mi hija se puso a trabajar con un salario de 1000,-€/mes. Según mi hija, su madre no ha calaborado con ella en nada y mi hija me comenta que si es necesario ella explicará al juez como están las cosas, pero que ni se me ocurra pagarle nada a la madre por su manutención.
Me han aconsejado que solicite una modificación de sentencia, pero... ¿ Mi hija se puede ver perjudicada por esa acción?
Yo por el momento, no puedo pagarme un abogado, por lo que optaré por uno de oficio el día del juicio. ¿ Que coste puede suponer una modificación de sentencia? ¿Puedo solicitar que mi hija testifique en el juicio sin que ni yo ni su madre estemos delante para que no se sienta coaccionada? ¿ Sirve de algo indicar al juez que también tengo que pagar el lugar donde vivo y un personal al banco?
En fin,....lo de siempre gracias por vuestras propuestas y de nuevo...disculpad por como me expreso.
Un cordial saludo:
22/10/2007 19:05
Si le conceden la justicia gratuita, el coste de abogado y procurador, será 0. Si la denegasen, que se lo presupueste el abogado y puede solicitar firmar una hoja de encargo profesional donde conste lo que le va a cobrar, cómo pagar, qué le encarga, etc.
Los gastos fijos mensuales que tenga acreditados documentalmente, debe aportarlos sin duda pues lo que pague de pensión será el resultado de aplicar un porcentaje sobre los ingresos - gastos fijos que tenga.
La exploración de la menor se llevará a cabo y siempre se hace de manera privada con asistencia de juez, fiscal (si aparece, que no siempre aparecen) y secretario judicial, ni los abogados ni las partes están presentes. La manutención mientras su hija sea menor de edad la cobrará el custodio, cuando sea mayor de edad puede solicitarse la modificación para que la cobre la mayor de edad.
Suerte, un saludo.
perfil JLG
23/10/2007 14:22
Hola de nuevo Patricia MV, gracias por tus respuestas y disculpa la insistencia.
El abogado me indica que reclame uno de oficio el mismo día del juicio, pero ¿ como voy ha indicar al profesional que en ese mismo día día que solicite al juez que le llame a mi hija a declarar?
NO se, aunque tengo la seguridad de que no he cometido ningún delito por que así lo puedo demostrar, estoy un tanto asustado, la verdad ya que no tengo mucha confianza en las resoluciones de estos casos, por lo que se ve por ahí. Sin ir más lejos, sirva yo mismo de ejemplo.
Gracias de nuevo.
23/10/2007 16:18
No entendí bien si el abogado de oficio al que menciona es por la demanda de modificación de medidas que quiere interponer (vía civil) o por la denuncia que contra Vd. han interpuesto en la via penal. Si es lo primero, debe solicitarlo ya antes de que se le pase el plazo de contestación pues precisa abogado y procurador para contestar. Si es en la vía penal, depende de cómo tramiten su procedimiento, si va por juicio de faltas, el abogado no es obligatorio, así que sólo tendrán obligación de facilitarle uno si la otra parte lo lleva, pero es que debe solicitarlo ya, antes del juicio puesto que ya tiene la denuncia. Si le encausan por delito, entonces tiene derecho a ser asistido por abogado y si no lo tiene es su derecho que le faciliten uno.
Acuda al servicio de orientación jurídica que se encuentra en los juzgados o al colegio de abogados y solicite el beneficio de asistencia jurídica gratuita y un abogado cuanto antes.
Normal que esté asustado tal y como están los juzgados hoy en día, y peor se van a poner si el Ministro de Justicia lleva a cabo sus descabellados planes, tendremos justicia de partido y a la carta con jueces metidos a dedos y cuyo único logro es haber conseguido las máximas notas en una carrera donde empollando (que no siempre, razonando y entendiendo) las puedes sacar sin problema. Vamos mejorando.
Un saludo y suerte.
perfil JLG
24/10/2007 14:24
Apreciada Patricia MV, muy buenos días o tardes:
Gracias de forma insistente por su amplia colaboración:
Referente a la demanda judicial que me han impuesto y siguiendo sus instrucciones, me he personado en el Juzgado de Instrucción nº 4, donde me tengo que presentar el día del Juicio y me han indicado que si no me presento con defensor, ese mismo día me asignarán uno, al que tendré que tendré que facilitarle todas las pruebas y argumentos para mi defensa y que tansolo me tomarán declaración por el momento, que a posteriori el juez ya resolverá. Me comentan que si tengo algún testigo ( mi hija )que pueda declarar o aclarar la situación, que lo ponga tambien en conocimiento del abogado, para que este solicite al juez que lo cite para declarar y que no me preocupe ya que de ser así, llamarían al testigo en otro día y solo, sin estar delante ni la madre y un serevidor.
Referente a solicitar la modificación de sentencia, por el momento, no he sabido de ningún abogado por mi zona que pueda hacerse con esa gestión, es más, también siguiendo sus consejos, me he asesorado en el colegio de abogados y me indican que para poder llevar ese asunto de oficio, mis ingresos han de ser inferiores a 1000,-€, incluyendo en esa cantidad los de la unidad familiar. Claro está que si sumo mis ingresos y los de mi esposa ( si, gracias a días, felizmente casado) el resultado ya excede lo que marca la ley para esos servicios.
En cuanto a sus comentarios, estoy totalmente de acuerdo con Ud. Espero que esos proyectos, no sigan adelante.
En espera de su alentadora información, un cordial saludo: