El permiso retribuido será de 4 días cuando requiera desplazamiento o cuando sin requerir desplazamiento el fallecimiento u hospitalización sea del padre, madre, hijo/a o conyuge.
yo tenía duda porque fijaba el límite de 150 km, pero despues dice "excepto" y añade padres madres hijos etc y no acabo de comprender a que hace referencia esa excepción...
Según este fragmento de convenio cuantos días pertenecerían por acompañante de padre en estado grave a un hospital fuera de la ciudad de residencia habitual? 40 km exactamente.
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Dos días en caso de nacimiento de hijo o por la muerte, accidente o enfermedad grave
u hospitalización o intervención quirurgica sin hospitalización que requiera repososo
domiciliario de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando por este motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento por estos hechos a una distancia superior a 150km, el plazo será de cuatro días, excepto en el caso de muerte y/o hospitalización de padres y/o hijos y/o conyuges.