Buenos dias a todos, mi pregunta es la siguiente: segun el Convenio de Oficinas y Despachos el trabajador tiene derecho a disfrutar de 2 dias retribuidos por nacimiento de hijo. Si dicho nacimiento se produce un sabado, los 2 dias libres serian el sabado y el domingo o los inmediatamente posteriores, es decir el domingo y el lunes?.
Muchas gracias de antemano a todas las respuestas.
Hola Monika: Las licencias retribuidas, si el convenio de apliación no especifican lo contrario, son días naturales a partir del día en que se cause el derecho. No obstante lo anterior, si coincide que la actividad para la que se desea el permiso no se puede realizar en festivo o fuera de las horas actividad, al menos uno debe ser laborable. Ejemplo de ello sería licencia en sábado y domingo. No hay posibilidad de hacer la inscripción en el registro civil, por ello entraría también el lunes.