Saludos,
Es la primera vez que escribo en este foro.
Mi caso es que soy inquilino de una vivienda que el día que entré a vivir ya iba mal el desagüe de la cocina. Al poco tiempo vino un representante del dueño y con un líquido mejoró bastante.
A los pocos meses volvió a funcionar mal, y esta vez ya no desaguaba el agua del fregadero, y teníamos que usar el lavabo del baño.Tras insistir mucho vino un fontanero y cambió una tubería, y funcionó bien unos meses.
Desde hace unos 2 meses volvemos a tener totalmente atascado el desagüe de la cocina y además el de la lavadora. Al dueño le envié las fotos de todo esto por WhatsApp. Él dice que puede ser por negligencia nuestra, pero no es así.
Hemos quedado 2 veces con el fontanero que nos ha enviado el dueño, pero no ha podido venir. Finalmente viene este lunes próximo.
Hace 2 meses decidí no pagar las cuotas de Febrero y Marzo, para ver si así se lo tomaba el dueño en serio.
La pregunta mía es si puedo descontarme alguna cuota de las que le debo (Febrero y Marzo) por tenernos tan descuidados y en unas malas condiciones (tenemos 2 niños y la suegra de 75 años también vive con nosotros). Yo me gasté 10 € en un producto desatascador que no dio ningún resultado.
En una cláusula del contrato pone:
"Los arrendatarios declaran conocer la vivienda y el buen estado en que la misma se
encuentra a su entrega, obligándose a devolverla en el mismo estado en que la reciben.
Todos los gastos de conservación y mantenimiento en buen estado y uso serán de cuenta
de los arrendatarios".
Muchas gracias
Tenga cuidado porque si no paga las mensualidad el casero puede interponer una demanda de desahucio por falta de pago y la perderá con casi toda seguridad.
Si el casero no le arregla las cosas demándele por ello, pero sin dejar de pagar la renta.
Hola, la respuesta la tiene usted en la Claúsula final que incluye en su pregunta. Sin entrar en detalles, las cosas que se deterioran por el uso o neglicencia del arrendatario, deben estos correr con los gastos, y en ningún caso dejar de pagar la renta. Al finalizar el periodo del arrendamiento devolver la vivienda al arrendador en el mismo estado que se la entregaron.
Saludos.