debido a mi actual situción voy a publicar un nuevo hilo en el foro, la situción es la siguiente:
Hace 4 días me comunicaba la empresa que me iba a despedir en un plazo de 30 días.
Me comunicaron mediante escrito que debido a la mala situación económica de la empresa debian de amortizar mi puesto de trabajo de acuerdo con el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, me negué a firmar la carta y fui a un sindicato a informarme.
En el sindicato me dijeron que si la empresa justificaba mala economía debía demostrarlo.
Al día siguiente ya firmé la notificación de despido (tengo una copia), pero exigiendo que se me facilitara las cuentas de la empresa para ver que todo era correcto.
Hoy, 3 días después, me han comunicado que van a hacer una segunda notificación de despido, porque por lo visto la empresa no quiere justificar sus cuentas, (es una empresa que vive de las subvenciones del Gobierno) porque debe de tener bastante dinero y por lo tanto no le interesa.
Mis preguntas son:
¿Qué hago con la segunda notificación, la firmo o no?
¿En caso de negarme a firmarla, que validez legal tendría la primera?
¿Puedo reclamar despido improcedente por la notificación que tengo firmada?
La primera carta de despido se puede impugnar mediante demanda en un plazo de 20 dias a partir de la fecha de la carta o a partir de la fecha efectiva del despido.
La segunda carta aún no la has recibido, pero si te llega algún día deberias impugnarla también, en un plazo de 20 dias.
Como el tema es complicado, por la interferencia de dos despidos( la segunda carta despide a alguien que ya está despedido) necesitarias que un buen profesional te orientase.
Opino que no es bueno negarse a firmar. Escribe debajo de tu firma "enterado pero no conforme" y te quedas tranquilo. Tu firma ni quita ni pone validez a una carta. Solo indica que la has recibido.