El cónyuge es acusado por una fiscal por amenazas de muerte a su exmujer a 2 años de prision.
La acusación se base en que el día x sobre las x horas estaba cercano al domicilio de la denunciante, acosándola, cosa que no es cierto, y profiriéndole amenazas de muerte por telefono.
La pregunta es si basta la declaración ante un policia local de la denunciante /su exmujer/ y la testifical de dicho policia como empleado publico que recoge la manifestación-denuncia para acusar a su exmarido de amenazas de muerte por telefono a 2 años de prision…
De las actuaciones se desprende que no hay registro de llamadas ni de mensajes solo
Te transcribo el informe del fiscal que: acusa al exmarido por amenazas graves del art. 169.2 CP a 2 años de prisión y sin derecho a sufragio activo mas costas dado que separado desde marzo de 2002 por sentencia que establecía un Régimen de visitas restringido con sus hijos con el que el acusado no estaba conforme, y haberlo denunciado en varias ocasiones, lo que motivaba que fuese frecuente que hiciese llamadas a su exmujer-denunciante amenazándola con acabar con su vida, amenazas estas que se intensivaron en el verano de 2010 y que culminaron el día 7/9/2012 sobre las 9:30 h., tras efectuar a su exmujer numerosas llamadas en las que exigía ver a sus hijos y reiteraba sus intenciones de matarla tanto a ella como a las menores, empezó a merodear en su vehículo por las mediaciones del domicilio de aquellas ante lo cual la denunciante requirió la presencia de la p. local.
De las actuaciones se desprende que:
- el exmarido fue a la p. local a denunciar que no veía a sus hijos ni se comunicaban con él, como ha hecho en otras dos o tres ocasiones.
- La policia local estaba toda la tarde patrullando y en ninguna de las dos ocasiones en que el exmarido fue al cuartelillo no habia ningun policia, estaba cerrado.
- El acusado estuvo esperando para denunciar los hechos, y sobre las 19-20 horas, cuando ya se disponía para marcharse a su pueblo, fue inesperadamente sorprendido por dicha patrulla de la p. local que lo detuvo.
- En las actuaciones no consta ningun registro de llamadas ni mensajes, ni grabación, porque no hubo ninguna grabación, solo la manifestación de la denunciante que “supuestamente harta de su exmarido” le denuncia.
- En la sentencia de separación se establece que cada cónyuge tendrá a sus hijos los fines de semana alternos, y habían pasado mas de 20 días sin ver a sus hijos.
- El acusado presta fianza de 500 euros y debe comparece los días 1 y 15.
- El PA esta pendiente de sentencia.