Hola pmc. Coincido con el punto 1 de la intervención anterior, ya que existe libertad para que las partes fijen la duración del contrato de arrendamiento.
En cuanto a la pérdida de la fianza ´por desistimiento anticipado del arrrendatario(su madre) será absolutamente correcta si así se pactó en el contrato. Será tb correcta si, aún sin constar en el contrato, las partes lo acuerdan en el documento de resolución de contrato y entrega de llaves.
Es un buen acuerdo, ya que la parte arrendadora podría exigir a su madre judicialmente el cumplimiento del contrato o los daños y perjuicios que el desistimiento le produzcan(los meses que la vivienda esté vacía).
buenos dias:
mi madre tiene arrendado un piso hace casi un año, pero la propietaria hizo el contrato en un principio por 2 años, ahora mi madre no puede pagar el importe estipulado ya que no tiene suficientes ingresos, ha intentado llegar a un acuerdo y la propietaria dice que ni le baja el arriendo, ni le devuelve la fianza si ella se va antes de que cumplan los 2 años.
mi pregunta es ¿ es legal un primer contrato de 2 años?
¿la fianza no es solo para cubrir desperfectos? se puede quedar entonces con la fianza?