Necesito que alguien me asesore de si puedo negarme a pagar a la abogada la deuda pdte por tramitar mi divocio.
Mi ex marido y yo compartimos abogada en el divorcio. Entregamos la documentación que nos solicito (abril del 2006), y nos dijo que mas o menos en 4 meses estariamos divorciados.
No firmamos un presupuesto, minuta ni nada parecido...lo que si tengo es el justificante del pago que hicimos por la provisión de fondos que nos pidio, era algo menos del 50% del total del coste del tramite.
El caso es que he tenido que estar siempre encima de ella para que agilizara el divorcio, por ejemplo tardo mas de 6 meses en conseguir el certificado de matrimonio...y sin el decia que no podia empezar los tramites.
Se quedo embarazada y dio a luz cuando ya teniamos firmado el divocio (marzo del 2007, 11 meses despues!!!).La liquidacion de gananciales se quedo pendiente. Un compañero de su mismo despacho se tenia que hacer cargo de nuestro caso pero aun estoy esperando a que se ponga en contacto con nosotros, siempre me tocaba llamarle y siempre estaba ocupadisimo asi que yo tuve que solucionar la liquidación de ganaciales con mi ex marido.
No he tenido noticias del despacho de abogados en los 5 meses siguientes de solucionarse todo y ahora recibo una llamada de la abogada en la que me reclama la deuda pdte, yo pensaba que por verguenza no se iba a poner en contacto conmigo porque sinceramente han sido muy poco profesionales.
Debido a la demora en el tramite del divorcio mi ex marido y yo no hemos tenido derecho a la reduccion del 50% por la plusvalia estableciada hasta el 31/12/06, lo que nos ha supuesto 1000 euros que hemos tenido que pagar de nuestro bolsillo, que es mas de lo que debemos al despacho.
Por esta razón, ademas de todo lo expuesto, no me parece justo pagarles.
No, tiene que pagarle o se lo reclamará judicialmente con éxito. Otra cosa es que si cree que el retraso y los daños y/o perjuicios ocasionados pueden deberse a una mala praxis (siempre que tengan pruebas de ello), tenga derecho a reclamar extrajudicial y/o judicialmente la oportuna responsabilidad.
Un certificado de matrimonio te lo dan en el acto la mayor parte de las veces, 3 días en Juzgados de localidades grandes, y 1 semana más o menos si tiene que pedirlo fuera de la provincia.
Siento su mala experiencia, un saludo.