Si ha estado fuera por motivos laborales, pero siempre hasta el límite de los 12 meses, puede presentar la certificación de su empleador, debidamente legalizada, según corresponda, de acuerdo al país de procedencia.
En este caso, soy agente de la agencia antidrogas de mi país, y tuve que regresar por razones laborales, y casi se me cumple los 12 meses, cree que con una carta de esa agencia y mi carnet pueda justificar_?
Mientras tenga una tarjeta de residencia en vigor, puede cruzar la frontera exterior del espacio de Schengen.
El problema lo tiene, de cara a la Administración General del Estado, en España: el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, establece expresamente que la tarjeta CADUCARÁ por ausencias de España superiores a los 6 meses en un año. Es decir, para el ordenamiento jurídico español, tan situación se produce ipso iure, de pleno derecho, por el ministerio de la ley, sin que sea necesario pronunciamiento administrativo expreso. Precisamente, por eso, los problemas surgen al momento en que la persona quiere solicitar la renovación y expedición de la tarjeta de residencia con derecho a residir con carácter permanente: como ha permanecido fuera de España más tiempo del que fija como límite la normativa y no puede acreditar hallarse en alguna de las causales en las que se permite permanecer hasta 12 meses o en alguna de las causales de no aplicación, se produjo ipso iure la caducidad de la tarjeta (aunque nominalmente diga que tiene una fecha de caducidad posterior) y por eso mismo,se produjo la interrupción de la continuidad de la residencia. Por ello, no se cumple con el requisito de residencia continuada de 5 años en España, para poder adquirir el derecho a residir con carácter permanente. Toca entonces, solicitar, otra vez, una tarjeta de residencia como ciudadano de la Unión, temporal (5 años).
No se trata de pedir permiso alguno, sino de acreditar que la ausencia superior a los límites fijados por la normativa, obedeció a alguna de las causales fijadas para que no se produzca la caducidad o no sea de aplicación el supuesto.
Hola Conde Cartagena, me podría ayudar, tengo 11 meses fuera de España con tarjeta comunitaria 5 años, tengo una amiga que entro por bélgica sin ningún problema con 19 meses fuera de España ya que se encontraba trabajando en su país de origen.(Tarjeta Comunitaria Tambien 5 años).
En lo anterior no existe ningún permiso para estar fuera un cierto tiempo ya que en España actualmente tengo buen trabajo en mi país de origen y no quisiera viajar hasta finales del 2013.