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1/3 y articulo 394

6 Comentarios
 
1/3 y articulo 394
10/07/2013 21:11
Buenas ,

Me condenan a pagar unas costas procesales por valor de 5000 €, para un juicio donde lo reclamado eran 4500....

El secretario no debia de haberse percatado que es superior con creces al 1/3 ?

Que se puede hacer !? Ya se me pasaron los dias para impugnar.

Gracias
perfil ABQ
11/07/2013 13:49
Me temo que ya poco se puede hacer a no ser que se pueda plantear una nulidad, pero te juegas las costas del incidente también. De todas formas, el 1/3 es únicamente para los honorarios, así que esa situación es factible, aunque rara.
11/07/2013 16:29
En efecto, son 5000 € de honorarios, 4700 para abogado y casi 300 para procurador.

Como podria yo obtener una tasacion de las costas correctas , es decir, donde puedo ir para que me digan lo que realmente el abogado debia de haber pedido ?
He llamado al colegio de abogados de mi ciudad pero me han dicho que no, que ellos no me lo pueden hacer, que tenia que haberlo impugnado y ya el juez es el que le pide al colegio que de acuerdo a unos criterios lo que seria correcto, pero que si no es por peticion del juez que no me lo hacen.

Me encuentro ademas en otra tesitura, he llamado a 3 despachos buscando el telefono en las paginas amarillas, y en cuanto les he dicho lo que es me han dado "como largas" uno de ellos me ha dicho que va a ser dificil, que al ser otro compañero...

¿Como podria obtenerlo? gracias
perfil ABQ
11/07/2013 22:31
El problema no es que sea otro compañero, sino que los abogados estamos sometidos a plazos fatales, cuando pasan, ya no se puede recurrir o impugnar. Por eso está difícil o imposible el asunto, porque se ha pasado el plazo.
12/07/2013 17:13
Quizá sí se revisa y se plantea como nulidad...
12/07/2013 20:26
Y si me planto al juzgado, diciendo que sí, que me parece bien que el secretario haya aprobado las costas y demas, pero que yo pago el 1/3 del procedimiento que por ley era lo que me corresponde?
Por favor, me podeis comentar algo mas de la nulidad para que busque por internet mayor iformación, entiendo que por "nulidad" se entiende solicitar la anulacion de lo dictado pr el secretario?

Gracias
23/07/2013 18:58
Puede también acudir a un juicio verbal y discutir la cuantía de los honorarios.