Mary, la cuestión es que si usted lo que tiene es un juicio rápido, en éste no se discute nada, únicamente puede -su abogado- llegar a un acuerdo con el fiscal para conseguir la mínima pena a imponer, pero para ello, usted debe reconocer su responsabilidad, por lo que el margen de error del etilómetro no podría ser discutido en este juicio, debería pasar otra vez a diligencias previas.
JavierTirado, aparte del nivel de alcohol que usted indica, son muy importantes los datos que figuren en el atestado, sobre sus circunstancias -síntomas- personales y lo manifestado por los agentes.
La sentencia a que hacen referencia, creo que es de Tarragona o Lérida.
katisa, te puedo asegurar que los agentes se pondrán de mi parte, ya que en todo momento estuvieron muy educados y me comentaron que no iban a ponerse en contra de nada de lo que pasó, me vieron nervioso y les dije la verdad, así que solo me queda esperar,
GRACIAS
Me han dado juicio rápido para el 28 de octubre, no se si contratar algún abogado para que respalde por el tema de error del margen del etilómetro, el abogado que me pondrán tampoco creo que haga mucho por mi, que opinión tenéis ???
en los ettilometros de precisión drager 7110,según una orden del mº industria a partir de 0.40 mg se aplica un error de 7.5 %,por lo tanto la tasa penal de 0.60 hay que aplicar un 7.5 % asi que la tasa sera penal cuando de 0.645,pero como esa tasa con 3 decimales no la da el aparato.se denuncia via penal ccon 0.65 mg.
osea que con 0.65 se denuncia via penal, entonces si yo he dado 0.64???? no lo entiendo....bueno a ver que pasa en el juicio....
por cierto javier, tu tienes el juicio el mismo dia que yo, vaya casualidad, no seras de madrid? por cierto gracias por la informacion, a ver como acaba todo esto....te deseo mucha suerte.
saludos a todos.
hola a todos, la tasa ke di yo fue de 0,63 la primera y de 0, 65 la segunda prueba, cuando di 0,63 me dijo el guardia ke ya no era penal ke era administrativo asi ke yo pienso ke la ultima palabra la tiene el guardia y sobre todo el dia ke tenga, un saludo para todos y mogollon de suerte a todos.
exceptuando casos especiales, accidentes, sintomatologia clara... la ultima palabra la tiene la maquina, que es quien dice la tasa que hay, el resto viene por protocolos...
sotomondro no he entendido bien del todo, quieres decir que la tasa es lo fundamental pero que tambien tiene mucho que ver si hay sintomatologia buena/mala y si hay accidente de por medio, etc¿??? por ejemplo yo en mi caso di 0.64 pero con buena sintomatologia y en control rutinario.....a eso se le podria añadir el margen de error?
saludos a todos.
no, me referia a lo contrario, por ejemplo 0,40 pero una sintomatologia muy negativa, lease falta de coordinacion, dificultad extrema para hablar y pastoso etc... o accidentes eso haria que una tasa administrativa se tramitara por lo penal y prosperase.
sin embargo con una tasa que por defecto se tramita por lo penal, 0,70 si la sintomatologia es buena pudiera ser que saliera menos perjudicada..
Si su tasa es 0,64 en principio deberia ser administrativo, pero dependera de su sintomatologia que pase a penal, que creo que le seria mas favorable.
Buenas, yo he dado lo mismo que Javier Tirado en Sevilla, pero con accidente con culpa del otro, darme una breve fuga y sintomas evidentes segun atestado. En el atestado pone que tras aplicarse los márgenes de error mi tasa es de 0,62 y 0,601 puedo reclamar el 0,601 el código penal recoge superior a 0,60 no detalla decimales al igual que el etilómetro. Mi etilómetro es el Drager MKIII . Podría librarme o pacto? en el acta de alcoholemia hay un fallo en la matrícula de mi coche puedo reclamar eso?? en todo el atestado la ponen bien pero en el acta de alcoholemia hay una V en vez de una B en una letra de la matrícula
topelotaso, lo de la letra no es motivo suficiente para que no vaya a prosperar, mas si es por lo penal que el juez en el juicio corregira el error y punto, como le comtenta kapitan su problema no es la tasa, es la actitud despues del accidente.
No confundamos a la gente. Los márgenes de error existen, y no vienen en el resultado del etilómetro. Están regulados por Orden Ministerial y publicados en el BOE (ITC/3707/2006). Esta Orden viene a decir que aunque el etilómetro haya superado las verificaciones necesarias, es posible que de un error, pero que ese error, si está dentro de los margenes que se establecen, no impide su validación y su declaración como aptos.
Los operadores legales hemos empezado a "jugar" con ese error, para tratar de delimitar con exactitud la norma penal. Ésta califica como delito siempre que se supera el 0,60. Aplicando el margen de error posible (que no seguro) del etilómetro, tenemos que una medición de 0,64 podría ser que en realidad fuera un 0,59, aunque también podría ser un 0,68. Pero como no lo sabemos, ese margen de error nos permite hacer entrar en juego otros principios del derecho penal, por los que ese dato, el del etilómetro, no puede ser suficiente para basar la condena.
Pero esto no es la panacea, que nadie se engañe. Si el acta de sintomatología muestra una clara influencia de la previa ingesta alcohólica, la condena es más que segura. Aunque el resultado del etilómetro sea de 0,45, o menos.
En tu caso, y ya que tienes la condena de 8 meses, significa que te has conformado con la petición del fiscal. Supongo que habrás seguido el consejo de tu abogado, que para eso habrá valorado todas las circunstancias del caso, y habrá optado por aconsejarte la conformidad, con la reducción que esta supone, por que habrá considerado que podía ser peor ir a juicio. Además, veo ahora que en tu primer mensaje dices que tu medición no era de 0,61, sino de 0,65. En ese caso, ni el margen de error te salvaba, ya que aún aplicado el resultado sería de 0,60125, y por tanto superior a 0,60.
Exacto, en la sentencia me pone 2ª prueba 0,61, creo que el fiscal se a equivocado y a visto un 1 donde hay un 7, después de esto ya no me queda otra no ?
Aparte el abogado de oficio me comentó que los etilómetros de la policía local de sevilla son precisos, y ese margen viene estipulado en el mismo aparato.
Saludos
pues nada, 8 meses de retirada, multa y 22 dias de servicios sociales, mas o menos lo que me esperaba, tenia cierta esperanza de lo del margen de error pero no ha servido de nada, y eso que mis sintomas eran buenos (vamos que no ponian sintomas de embriaguez malos para mi ni nada....), asi que nada, ahora a esperar que me llegue la ejecutoria y a ver si pasan rapido los 8 meses desde que entregue el carnet.....menudo suplicio pero vamos de esta he aprendido.....a ti Javier tambien te habra caido 8 meses no?
saludos.
Si mary82, eso de los margenes de los etilómetros es cuento chino me parece a mi, pues nada, eso es lo que queda, al menos piensa como yo, o te acostumbras o te acostumbras, yo digo que a todo lo malo se acostumbra uno.