Efectivamente, Tripoli, el abuelo -cónyuge supérstite- tampoco ha testado y en aras, de evitar que su patrimonio -su esfuerzo personal y sacrificio de su vida- lo "dilapide" su hija, intentar beneficiar a la menor. Gracias por tu interés.
Jecc, no me he olvidado de la otra parte de la realidad, simplemente que si tú cliente pide asesoramiento -hermanas y herederas de la madre de la menor-, debes ofrecerle las posibilidades legales existentes e informarles del riesgo que corren respecto de la herencia de su madre y que podría tratarse de un fraude de acreedores.
La madre heredera responderá y ha respondido ya en parte con su patrimonio personal. Yo no defiendo que los deudores y morosos se libren de sus deudas en perjuicio de sus acreedores, pero asesorar significa dar todas o las alternativas que uno conozca.
En fin, gracias a todos por vuestro interés.
Si que existen más hermanos, pero están de acuerdo en intentar preservar lo máximo de su participación hereditaria para su sobrina.
Existe padre de la menor (nieta de la causante) .
Lo de la renuncia yo lo había barajado pero si los acreedores, que por lo visto son numerosos y cercanos, alegan fraude en dicho acto, perdería la nieta.
Estaba planteandome si cabría mantener la herencia yacente y que la gestionase el abuelo mientras viva y por supuesto que éste testará en favor de las demas hijas y de la nieta.
También de desheredarla e intentar evitar la impugnación....
Sigo estudiando el tema y las implicaciones prácticas a nivel fiscal y legal.
Gracias por vuestro intéres.
Esa es mi duda, puesto que tanto mi hija como sus hermanos son menores de 14 años, en la actualidad y mi preocupación no es que hereden sus hermanos, sino que la madre de éstos, dilapidase, la herencia de sus hijos. (sacrificio personal mío y de mis padres)
¿existe alguna formula legal, para intentar evitar esta situación hasta que mi hija cumpla los 14 años (creo que es la edad a partir de la cual puede testar, no')
gracias.
mi duda es realmente la siguiente:
si yo dejo a mi hija mi patrimonio personal y por desgracia tras mi muerte y la de su padre, muriese ella ¿quien heredaría sus bienes? ¿sus hermanastros o, su familia materna?
Espero que el supuesto no se dé hasta dentro de mucho tiempo, pero como la vida y la muerte no tiene vencimiento fijo....
gracias por tu interes.
hemos contratado ya con la agencia de viajes. como tenemos pasaporte de los menores desde hace años, no precisan de DNI (eso es lo que me han dicho)
gracias por vuestro tiempo e interes.
muy agradecida.
Pedro, de mi experiencia personal (no soy abogada) he llegado a la conclusión que si uno es una personal "normal" (sin mala fe, sin ganas de venganza... de las que querriamos limitarnos a vivir y disfrutar de lo que la vida nos ofrece), debe imperar en nuestros actos y actuaciones el sentido común y el cariño hacia los menores (hijos propios o de la pareja actual, nietos...).
A veces, las tensas relaciones sin solucionan con el más nimio de los intentos. Por ejemplo: para nosotros era un calvario recoger y entregar a los menores en el domicilio materno por los espectaculos que montaba la madre, habíamos pedido ayuda a la policia, a la guardia civil y solo en una ocasion y porque lo que declaró era aberrante conseguimos que nos acompañasen... en fin situaciones lasmitosas en las que te ves impotente porque los niños están debatiendose interiormente por desaparecer. De momento, llevamos algo así como ocho meses que ni aparece en la puerta cuando los niños entran o salen ¿qué hicimos? Le comunicamos que grababamos las entregas y recogida de los niños, hasta la fecha paz forzada, pero paz.
Suerte
buenos días:
Normalmente, en las sentencias que recogen MEDIDAS judiciales (cuando no existe acuerdo entre los padres decide el juez como debe regirse el regimen de visitas y demás asuntos concernientes a los menores y sus progenitores) se suele añadir: como coletilla parecida a esta :.."el regimen de visitas a establecer, será todo lo flexible que los progenitores deseen, fijándose como mínimo a respetar el siguiente.."
Si le envias un burofax comunicando el deseo de continuar ampliando el regimen de visitas establecido, sin tener que acudir a la vía judicial, por algo en realidad tan de sentido común como el deseo de un padre de estar presente en la vida de sus hijas SIEMPRE.
Cuando en un futuro obligatoria y necesariamente deba acudir a la vía judicial siempre le puede servir como indicio probatorio de la mala fe de la madre al respecto pues en lugar de permitirle contactar sin impedimentos con sus hijas, lo obstaculiza.
Simplemente es intentar contar con "pruebas fsicas, documentales" de que la madre no es la persona qu4e aparece en el juicio diciendo que ella por el bien de sus hijas lo da todo y permite al padre más de lo que la ley dice...
Debe provocar que la madre conteste al burofax. Al final del mismo, recoja algo así como ..."si en el plazo de X días no ha contestado a todo lo expuesto entenderé que a partir de las próximas vacaciones regirá el régimen siguiente: (y expone la ampliación)
Los jueces de familia tienden a "invitar" a que estos asuntos se resuelvan sin entrar a Sala.
Lo dicho, legalmente debería modificar medidas pero por intentarlo, nunca se sabe.
Suerte.