Buenos días, pulsaciones: creo que si contesto esa demanda y no pido acumulación estaría formando un cacao más grande aún, por duplicidad de procedimiento por el mismo asunto, porque además cuando la otra parte reciba mi demanda, deberá a su vez hacer algo lo cual sí generaría una situación caótica -o pedir por su parte acumulación, o contestar mi demanda..-. Además a mi me interesa mantener mi fecha de vista, y no la suya.
En cualquier caso gracias por tu punto de vista.
Gracias a ambos por vuestra aportación. Prefiero verbal en este caso puntual porque no "pierdo" tanto tiempo, aunque sé que ir directamente a verbal tiene sus riesgos, pero es que ahora la gente se opone al monitorio sin más, para ganar tiempo, y acabas en verbal de todos modos, con lo cual me ahorro el paso intermedio.
Me surge la duda, Tripoli, de si debo pedir la confesión en la misma demanda o puedo esperar a la vista y solicitar todas las pruebas en ese momento ex Art. 443.4 LEC, que es lo que pensaba hacer…
Y ya, abusando de vuestra ayuda, os planteo lo siguiente: respecto a la impugnación que comentaba en mi primer post, me refería a una vez que en la vista se facilita a la parte contraria la documental y ésta la revisa, su Sª pregunta a las partes si impugna alguno de los documentos aportados… Yo no tengo muy claro, la verdad, qué hacer ni cuánto afecta eso o cuánto pesa en el posterior fallo judicial, porque me he encontrado compañeros que han dicho incluso “impugno toda la documental, Sª, en cuanto a su valor probatorio…” ¿Podéis aclararme este punto?
Gracias, un saludo.
Discúlpame, Mariela27, pero he abierto este post por otro motivo, y las preguntas que tú haces no tienen ninguna relación con mis dudas procesales y de carácter ténico.
Quizá sería más adecuado que abrieses tú otro hilo con tus dudas particulares, por favor.
Un saludo.
Pues claro que te puede reclamar, faltaría más.
Lo que pasa es que él tiene que reclamarla y para eso tiene que enterarse o, como es habitual, hacer una reclamación cada X tiempo para comprobar tus ingresos y tus bienes para un eventual embargo
Y digo yo? tu honor no te hace, de motu propio, ir devolviendo la deuda que tienes?
Lo siento Rus se me ha olvidado decirte que tenemos una hija menor de edad y a mi marido lo que le preocupa es que despues de pagarme a mi la cantidad que corresponda por la mitad de la vivienda, al tener una hija yo pudiera pedirle el uso de la misma porque la guarda y custodia de la menor la tendría yo.