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Noa ELÍES GOMEZ
Abogado
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Presentación
La finalidad de nuestro trabajo es alcanzar la solución más satisfactoria para nuestros clientes del modo más rápido, ahorrando tiempo y optimizando todos los recursos disponibles.
Hola,
Los datos que facilitas sobre el comportamiento de tu pareja en el centro son muy importantes. Los profesionales de los centros penitenciarios se basan para la toma de decisiones en el comportamientos de cada interno.
Sobre el permiso al que te refieres, no es un permiso ordinario. Por lo que deberas solicitarlo o al menos plantear tu intencion al centro con suficiente anterioridad. Es decir, no sabes cuando vas a dar a luz, pero puedes ir comunicando al Centro Penitenciario vuestro deseo de poder estar juntos ese dia. Si lo planteas con tiempo, permitiras que los profesionales del centro estudien mas esa posibilidad.
Tu pareja debera solicitar un "permiso extraordinario" y justificarlo con las circunstancias concretas.
Te facilito mi email por si tienes cualquier otra duda:
n.elies.gomez@icab.cat
Pero generalmente los propios profesionales de los centros penitenciarios dan muy buena informacion.
Un saludo y mucha suerte
Hola de nuevo,
Pues si es asi, si el propio funcionario le ha dicho eso, ellos son los responsables del retraso.
Ahora bien, si por ello pretende pedir una indemnizacion por daños y perjuicios,solamente conseguira algo si tiene una prueba contundente sobre el perjuicio directo causado. En otro caso, yo no le daria muchas probabilidades de exito al proceso.
Un saludo
Hola,
Yo ejerzo en Barcelona, asi que creo que le conviene buscarse un abogado que conozca los juzgados de Murcia.
Pero por lo que cuenta, o ha sido el propio juzgado que lleva un retraso sorprendente o ha habido un error en el procedimiento tramitado al no notificarle a usted nada.
Son dos posibles razones por las que se podria dar ese retraso. Ahora bien, le aconsejo que antes que nada acuda al juzgado y pida informacion porque ellos son los que tienen wl expediente y pueden informarle bien.
Un saludo
Hola,
Por lo que cuenta, su caso se juzgo en la jurisdiccion penal. No en la civil. La pena de arresto domiciliario es exclusiva del ambito penal.
Usted parece que esta en desacuerdo con la valoracion del telefono y lo que tenia que haber hecho en su momento era aportar un informe pericial propio, donde se reflejara otro valor al telefono y a la informacion que contenia.
Ahora si ya se ha juzgado y no aporto al proceso dicho informe, ya no se puede hacer nada.
Un saludo
Lo mas facil es que su nuevo abogado solicite la venia derivada en el Colegio de Abogados. En 48 se la entregan. Sobre la documentacion de su expediente creo que tambien puede usted recibir ayuda en el colegio de abogados correspondiente.
Un saludo
Hola,
Te aconsejo que vayas a un abogado para ver si los hechos ocurridos hace año y medio son constitutivos de falta o delito. En caso de ser falta, estaria prescrita. En caso de que fueran constitutivos de delito no.
Pero es que ademas si puedes probar que su comportamiento desde entonces es constitutivo de algun tipo penal, puedes plantear una nueva denuncia.
Un consejo para esta vez, si quieres llegar a un acuerdo, asesorate primero antes de hacer nada, ya que de este modo de garantizas el cumplimiento del acuerdo por parte de tu ex pareja.
Acude al colegio de abogados de tu poblacion si crees que tienes derecho a justicia gratuita. Alli ademas te asesoraran de como proceder.
Un saludo,
Noa Elies
Hola,
Se refiere a que otra persona fisica o juridica (sociedad) , le avale solidariamente en su responsabilidad civil.
Si las lesiones son producto de un accidente de trafico, su aseguradora tendra que responder solidariamente.
Un saludo
Hola,
Por la Ley de proteccion de datos no te daran las imagenes si no las solicita el Juzgado. No te las daran porque no pueden arriesgarse a que les caiga una multa o alguien los demande.
Si las solicitas a un Juzgado, explicando su necesidad para probar la comision de un delito, no creo que el juzgado te deniegue esa prueba.
Saludos
Hola,
entiendo tus dudas, pero como te dije anteriormente, no es una cuestion de lo que se hiciera en otras ocasiones. Se trata de lo que puedes y debes mostrarle al JUzgado.
Si no puedes ingresar 20 euros mensualmente, tb te aceptaran pagos cada dos meses.
Lo que tiene que ver el Juzgado es tu interés y sacrificio para pagar todo ese dinero.
Haz un escrito exponiendo:
primero tu condena, todo lo que económicamente te implique. Incluido costas si tienes que pagar algo.
despues tu situacion económica: ingresos, ( si solo tienes la pension, pues aporta un recibo). y luego los gastos, acompañando de un documento que acredite lo que es y porque.
Al final, explicas en un párrafo que, teniendo en cuenta las circunstancias personales en las que estas, puedes asumir el pago de x euros, (20 lo veo bien), y añades que, si llegas a mejor fortuna, tu situación economica cambia, entregaras mas.
Una vez mas te animo, y comento que si no lo aceptan, no desesperes, presenta otro, exactamente igual con 5 euros mas.
un saludo y suerte
Hola apunta el telefono desde donde llaman. Y el nombre del despacho de abogados.
Envia una carta, o email informandoles de su error, de las molestias que estan generando y de la afectacion psiquica que esta sufriendo la persona que vive en esa vivienda.
Si a pesar de tu aviso, no cesan, acude a poner una denuncia por lesiones.
Si quiere que le facilite algun modelo de carta,
Le dejo mi email para que me lo pida
n.elies.gomez@icab.cat
Un saludo y suerte