Tengo una duda, unos clientes bulgaros que llevan 5 años en España quieren separarse, pueden hacerlo en España, sería el tramite normal o que deben hacer.
Lo he estado mirando y como el arrendatario es persona fisica se extingue por su muerto o jubilación, salvo que se subrogue el conyuge o ascendiente, siempre que continuen con la misma actividad.
Si se subroga el conyuge no hay limite temporal de duración por lo que me imagino que sería cuando falleciera o se jubilara
Si se subroga un descendiente se esablece un plazo de 20 años. pero este plazo es desde la entrada en vigor de la Ley en 1995 o desde que se subrogue?. Nuchas gracias de nuevo
Lo que teneis que hace es inciar un procedimiento legal de divorcio y repartiros los bienes, nunca accedas al dinero porque legalmente no estarías divorciado y el problema seguiria vivo