Buenos dias. Les comento mi experiencia como abogado fiscalista.
En primer lugar, señalar que esta practica de la AEAT se está generalizando en toda España y causa una gran sensacion de indefension en los contribuyentes.
En la mayoria de las ocasiones la AEAT fundamenta sus reclamaciones en datos que ella denomina objetivos (consumo de electricidad) basandose en consumos medios que ella considera minimos para que pueda entenderse que se trata de la vivienda habitual.
Se trata en todo caso de una presuncion iuris tantum y por tanto admite prueba en contrario.
Cada persona es un mundo (faltaría mas) y no se pueden catalogar por una media.
Mi consejo es que si se sabe que se tiene razon (sin hacernos trampas al solitario) se debe recurrir en todo caso.
La AEAT va a negarnos nuestros argumentos tanto en el trámite de alegaciones como en el posterior recurso de reposición.
Cuando acudamos a al Tribunal Economico-Administrativo vamos a ver como en muchos casos se está dando la razón al contribuyente.
Y por ultimo si se acude al Contencioso Administrativo, los jueces en la mayoria de las ocasiones van a darnos la razon, pues si nuestra prueba es solida y logica los argumentos de la AEAT serán rechazados.
La administracion es un autentico rodillo y asi lo aplican al comun de los mortales con un poder de coacción desmesurado.
Un saludo y animo