Como sabrás las CB no tienen personlaidad jurídica, por tanto son los comuneros los que responden personalmente de las deudas contraídas por ésta, en la proporción que sean comuneros (2 pues 50%). Ahora bien, las deudas personales de uno de los comuneros no afectan a la C.B. pero si es cotitular de una cuenta corriente podrán embargar la mitad del saldo que tenga pues se supone que la mitad de ese importe es de esa persona física. Así viene reflejado en el C.civ., leyes tributarias ....
Por Comisión Rogatoria. Reglamento 1348/00 , diario oficial de la C.E. de 30/06/00. No olvides traducir la demadna, la comisión rogatoria ... un follón de dos pares de narices, suerte, depende mucho del Juzgado que te toque.
Desgraciadamente en mi Comunidad Autónoma llevamos celebrando las elecciones generales junto con las autonómicas desde el principio de los tiempos. Nunca tenemos, ni tendremos un debate propio (autonómico) mientras esté este.
P.D. que conste que no soy militante ni simpatizante de ninguno de los dos, pero sí, los de las gaviotas llevan en su programa la "Eliminación" de este impuesto.
No error, por sucesión de padres a hijos los primeros 300.000€ están exentos. En donación pagas desde el primer euro.
Sí tiene, los "otros" sí llevan en su programa la "eliminación" de este impuesto. Los de ahora, pues no.
En mi Comunidad Autónoma se paga una "pasta" por donación, de ahí mi consejo.
P.D. como ganen los mismos las próximas elecciones me parece que nos quedamos como estamos, con los mismos impuestos vamos.
En primer lugar decirte que si llevas muchísimo tiempo preparando el asunto no tienes nada que temer ya que habrás sopesado todas las alternativas posibles (o casi todas) y seguro que te saldrá muy bien.
En segundo lugar te aconsejo que hagas un esquema (una cuartilla) con los temas más importantes que no puedes dejar de mencionar.
En tercer lugar, como ya sabes, las conclusiones son para valorar las pruebas practicadas en el acto del juicio (aunque luego realmente hacemos un resumen de todo el procedimiento) por lo que algo habrás de improvisar. A mí estar durante cinco años en un grupo de teatro me vino muy bien para perder el miedo escénico, improvisar ... además te lo pasas genial con los compañeros (de teatro el único abogado era yo).
Simplemente que el padre biológico consecuenica de una violación o el que haya tenido que ser reconocido a través de un procedimiento judicial con su oposición no ostentarán la patria potestad sobre los menores, no tendrán derecho alguno sobre ellos pero sí todas las obligaciones. Salvo que el representante legal de los menores inste lo contrario o éstos al llegar a la mayoría de edad. Espero haber podido "traducir" el articulo.