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José MIRA BERENGUER
Abogado
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Presentación
Licenciado en Derecho por la Universidad de Alicante.
Joven abogado especialista en Derecho Mercantil que realiza su actividad en Alicante y Valencia principalmente.
Miembro activo en la generación de contenidos para divulgar aspectos del Derecho Mercantil: josemira.com
Hola
Es necesario que contactes con los titulares de las portadas para poder utilizarlas con fines comerciales. Deben ofrecerte una licencia a cambio de una contraprestación económica.
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Para poderte dar una respuesta más adecuada a lo que planteas sería necesario obtener más información.
Los socios pueden decir lo que deseen en las Juntas Generales siempre y cuando no atente contra tu honor.
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Estimado Ismael
En primer lugar indicarte que los SOCIOS NO deben darse de alta como autónomos, sino el administrador/administradrores. El cargo de administrador, en principio es gratuito. En caso de queso se desee así debe establecerse de forma expresa en la escritura así como la fórmula para cuantificar tal remuneración.
Con esta respuesta esperamos haberte ayudado. No obstante si tienes cualquier consulta ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos:
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Hola mYomism
Puedes hacer un requerimiento notarial para que sea el Notario el que acuda al domicilio social requiriéndoles tal información, como primer paso.
Por supuesto que conste en el acta tal extremo y votar en contra de la aprobación.
Posteriormente se puede acudir a la vía judicial para impugnar acuerdos si se ha incumplido el derecho de información que tienes como socio.
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Paso a responder a tus preguntas:
¿Cuánto dinero se necesita para dar de alta una entidad empresarial?
El capital social mínimo de una Sociedad Limitada es de 3000€. Ciertamente con la reforma de la Ley de Emprendedores se puede constituir una Sociedad Limitada con 1 euro como comentas pero establece una serie de reservas hasta que se completen los 3000€ de Capital Social.
También puedes constituir una empresa aportando bienes muebles: mesa de oficina, silla, ordenador... que debes valorar en 3000€.
La Constitución lleva aparejados una serie de gastos que pueden socilar en torno a 500€ que sí tendrás que pagar puesto que son para el notario, registro mercantil...
Las diferencias entre una SA y una SL son muchas pero si quieres empezar, debes tener en cuenta que:
CAPITAL SOCIAL SL: 3000€
CAPITAL SOCIAL SA: 60.000€ que debes desembolsar como mínimo el 25%. Es decir 15.000€
Sí puedes ser autónom y trabajar sin problema. Si constityes una Sociedad y eres el administrador deberás estar dado de alta como tal.
Espero haberte ayudado
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