Muchas gracias DickTurpin por tu tiempo, porque la respuesta es buenisima.
Solamente decirte que la sentencia se ha conseguido vigente ya la LEC nueva, y de momento se está cumpliendo. Solo quería confirmar si la posibilidad que yo tengo en mente se puede producir: el demandado/condenado cumple durante los 5 años siguientes a la firmeza de al sentencia; por ese motivo el demandante no interpone demanda ejecutiva; transcurridos los 5 años, condenado deja de podar, entonces ¿habíra que iniciar un nuevo declarativo sobre el mismo tema, porque la acción ejecutiva habría caducado?.
Un abrazo, y de verdad, muchas gracias por tu tiempo.