¿Pero han señalado vista o práctica de testifical? Dado que se trata de un procedimiento ordinario es sumamente rara la celebración de vista.
Si se trata de la testifical, primero interrogará la parte que la propuso y luego el resto de partes. Y finaliza el acto.
Las conclusiones se formalizarán por escrito una vez finalizado el período de prueba.
Saludos.
porque la ley procesal prevé que las partes únicamente pueden ser citados a declarar por la parte contraria o de oficio por el juez o sala. si no te propone la parte contraria, pues no hay declaración.
de todos modos, para contar los hechos, ya se relataron en la demanda ¿no?