Hola. Subo esto otra vez. Para que me aclaréis si me consideran novel a efectos de alcohol si tengo el permiso AM desde hace dos años y me acabo de sacar el B. Es para el caso de que me de el tes de alcoholemia si circulo con un coche.
Es que en unos sitios dicen que si y en otros que no. Muchas gracias
Si lo ha hecho la agencia, seguramente sea porque hayas firmado una nota de encargo donde autorizas para que lo haga. Pero si no has firmado la nota de encargo ,no lo puede hacer.
Enterate bien lo que has firmado cuando autorizastes la benta a la agencia.
Espero haberte ayudado.
MEY37; Te lo han explicado bien en un principio.
Cuando el heredero muere antes que el testador, se abre la sucesión intestada (sin testamento). Por lo tanto, es como si hubiera muerto tu abuelo sin testamento.
Entonces se reparte la herencia entre los 3 hijos (tu padre y sus 2 hermanos). Como también han fallecido, La parte que le correspondería a tu padre la heredáis en partes iguales entre tú y tus hermanos.
Y lo mismo con tus primos en representación de sus padres.
Por lo tanto, 1/3 de la herencia es tu tu padre, y se divide entre tus hermanos y tú.
Si me equivoco, admito correcciones.
Le correspondería a parte de sus 10.000 y 1/3 en usufructo de los otros 10.000, es decir, 3.333.- €. Y como bien dice Tripoli, puede percibir los intereses que ese dinero dé, pero luego tendrá que reponer los 3.333.
Lo que también puede hacer es llegar a un acuerdo con su hija valorando económicamente ese usufructo y percibiendo parte de ese dinero en propiedad y no todo en usufructo.
Si.
Lo decía por si vivías cerca. Tengo el despacho en un pueblo de cuenca. En la autovía a Valencia.
Si no llegas a ningún acuerdo con tus hermanos. Y te interesa: abogadocuenca1974@gmail.com
Si estás en esa situación, lo único que te puedo aconsejar es que busques un abogado y pongas una demanda solicitando la división judicial de herencia.
Si quieres mandarles un burfax antes, para que quede constancia de que has intentado por todos los medios llegar a un acuerdo con ellos y que no tienes otro remedio que acudir al Juzgado. Ya que las llamadas no es una prueba.
¿En que provincia estás? Es por si te puedo ayudar.
Lo mejor es que lleguéis a un acurdo y decirle a tus hermanos que si no llegáis a acuerdo, vas a pedir la partición de la herencia judicialmente (gastos para todos).
Te explico.
Primero tienes que ir al Registro Civil y pedir el certificado de defunción.
Luego tienes que pedir certificado de ultimas voluntades. (Ministerio de Justicia). Para que acredite que hay o no testamento. Es obligatorio tenerlo. Si hay testamento, os pone en la notaria donde se encuentra.
-Si hay testamento: Vais todos los herederos al notario a firmar.
-Si no hay testamento: Vais todos los hijos a firmar al notario la declaración de herederos. Es una escritura donde dice que sois herederos. Después os podéis repartir la herencia ante notario también.
Aquí viene el problema; Si no hay acuerdo o no quieren ir a firmar: Tendrás que presentar una demanda ante el Juzgado. Necesitarás abogado y procurador. Los gastos son mayores que ante notario, porque si no os ponéis de acuerdo, se tendrá que pedir contadores-partidores, peritos (si es necesario).
Las costas: lo que disponga el Juez. Si te dan la razón a ti; lo mismo le imponen las costas a los otros. Todo depende de como se desarrolle el juicio. O consideran que no hay pronunciamiento de costas, y cada uno paga sus gastos.
De todas formas, lo que más te interesa es partir.
Sobre el dinero que van cogiendo tus hermanos. Lo puedes poner (ya sea en la escritura si es ante notario, o en la demanda) como parte de la herencia, y eso menos que se lleva quien lo ha cogido.
También es conveniente que presentes la instancia para pagar el Impuesto de Sucesiones en Hacienda, ya que el plazo es de 6 meses desde el fallecimiento. Y luego te viene con recargo.
Espero haberte ayudado y que lleguéis a un acuerdo. Un saludo.