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Herederos fallecidos o ilocalizables

6 Comentarios
 
Herederos fallecidos o ilocalizables
30/04/2024 01:47
Buenos días. Expongo mi caso por si alguien me puede ayudar.
Fallece mi tío viudo y sin hijos, deja testamento para sus 4 hermanos de la siguiente manera: para los 4 hermanos a partes iguales, entre los que se encuentra mi madre (fallecida con anterioridad), una vivíenda, que vendió antes de fallecer. Con lo cual entiendo que no hay nada que repartir. Lo que si deja constancia es que todo el efectivo que hubiera lo deja en exclusividad a mi madre. En éste caso a los herederos de mí madre.
La cuestión es que el gestor que me está llevando el tema, hace ya 6 años, dice que no hay forma de poder cobrar ésta herencia porque los otros 3 herederos están en paradero desconocido o fallecidos.
Alguna recomendación?
30/04/2024 08:49
Siempre hay forma, aunque sea por juzgado, aunque aquí creo que es más fácil.
Si no hay más viviendas (por lo que no aplica ya esta cláusula) y solo dinero, y este pone que es para tu madre, ni siquiera heredarían nada según ese testamento, puesto que no hay legitimarios.
Si es así vaya a la notaría y tramítela usted, o contrate a otro gestor.
30/04/2024 09:49
paquito xocolatero
Así es, solamente quedó efectivo, el cuál deja exclusivamente a mi madre en testamento.
Supongo que entonces será acudir a notaría y aceptar la herencia, no? Porque el impuesto de sucesiones lo pague en 2019 con el modelo 650.

Muchas gracias, muy amable, como siempre.
30/04/2024 10:17
Ese testamento se lo tienen que interpretar en notaría. Es posible que su tío pusiese una cláusula de sustitución, en virtud de la cual señaló quiénes heredarían en caso de premoriencia o de que el heredero no quisiera o no puediera heredar. Si no dice nada o ha usado la cláusula habitual, en favor de los descendientes del heredero, heredan los hijos de su madre por estirpres, es decir, lo que le hubiese correspondido a ella. Asimimo parece que se trata de un legado, por lo que también ha de comprobar en notaría si puede aceptarlo sin contar con el resto de los legatarios o herederos, o bien se entiende que han de concurrir todos. En fin: el testamento hay que verlo, porque puede que, si ese dinero en efectivo es un legado, sean ustedes (si es que hay más de un hijo de su señora madre) los herederos desde el momento del fallecimiento de su tío y pueden aceptar sin más.
30/04/2024 10:28
Grisolía
Gracias por responder.

El testamento dice textualmente:
Cláusulas
Primera:
Lega a su hermana...( Mi madre), todo el metálico, valores mobiliarios depósitos, fondos y acciones que pertenezcan al causante.
Segunda:
sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior nombra herederos por partes iguales a sus hermanos.....( Los 4 hermanos)
Tercera:
Sustituye vulgarmente a los herederos y legatarios por sus respectivos descendientes en los casos de premoriencia o incapacidad.
30/04/2024 11:18
Pronunciarse sobre trozos de un documento no es lo más profesional. Se le insiste en que vaya al notario porque, entre otras cláusulas, puede haber una en la que faculta a los beneficiarios de la herencia a tomar posesión de los legados, en este caso dinero.
02/05/2024 09:29
Por esa cláusula se interpreta que hereda su madre, y ustedes en su lugar, pero como dice el experto hay que ver el documento entero, y debe considerarlo así el notario.
Así que vuelvo a mi recomendación anterior: vayan a la notaría a tramitar ustedes la herencia. Si el notario así lo interpreta y no ve problema, pueden asignarse la herencia sin que intervengan para nada esos otros hermanos.