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Alquilar en el verano con contratos de temporada.

3 Comentarios
 
Alquilar en el verano con contratos de temporada.
24/04/2024 08:53
Hola.
Perdon por volver al mismo tema.
Este verano cuento tener un piso libre (en septiembre o octubre quiero alquilar todo el año) y tenía pensado alquilar algo en el verano en períodos de un mes o mes y poco. Mi duda es si la comunidad de propietarios me podría decir que tengo un alquiler turistico (no sé si la comunidad de propietarios me puede prohibir de tener un piso en alquiler turístico). Yo tengo pensado alquilar con un contrato de temporada que es creo perfectamente legal. También creo que a mi casa puedo invitar a quien yo quiera si que tenga nada que decirme la comunidad de propietarios. No tiene que pedirme nada ni llamarme a cuentas la comunidad de propietarios, creo. (La gestoria que lleva la comunidad de propietarios es muy chillona)
Muchas gracias.
Un saludo.
24/04/2024 09:02
Depende de la CCAA en la que se ubique el piso, cada una tiene su propia normativa turística.

En general, casi todas presumen que si el alquiler se anuncia en plataformas de alquileres turisticos y se hace por menos de 32 días es turístico. En Andalucía menos de dos meses.

En algunas se regula si el piso debe ser en planta baja, o primera, o si debe tener entrada independiente.

La Comunidad puede regular el uso de alquileres turísticos, pero eso lleva tiempo. Y puede denunciar, si son muy quisquillosos.
24/04/2024 10:49
Si la gestoria que lleva la comunidad me preguntan quien es la gente que tengo en mi piso, le puedo decir que son amigos míos? Si me pudiera el contrato o preguntarme que hace esa gente en mi piso tengo obligación de decirles la verdad? O presentarle los contratos?
Muchas gracias.
Un saludo.
24/04/2024 11:27
Jesus43
Usted puede perfectamente alquilar un mes o dos en verano,se llama alquiler vacacional. Y luego declare en IRPF su rendimiento por los meses alquilados y gastos del año a prorrata por los meses alquilados. No es necesario permiso de nadie,co siempre.
Cosa distinta es apartamento turístico como si fuera un hotel,aquí si necesitaría permiso junta vecinos según su comunidad autonoma
Alquilar en el verano con contratos de temporada. | PorticoLegal
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Alquilar en el verano con contratos de temporada.

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Alquilar en el verano con contratos de temporada.
24/04/2024 08:53
Hola.
Perdon por volver al mismo tema.
Este verano cuento tener un piso libre (en septiembre o octubre quiero alquilar todo el año) y tenía pensado alquilar algo en el verano en períodos de un mes o mes y poco. Mi duda es si la comunidad de propietarios me podría decir que tengo un alquiler turistico (no sé si la comunidad de propietarios me puede prohibir de tener un piso en alquiler turístico). Yo tengo pensado alquilar con un contrato de temporada que es creo perfectamente legal. También creo que a mi casa puedo invitar a quien yo quiera si que tenga nada que decirme la comunidad de propietarios. No tiene que pedirme nada ni llamarme a cuentas la comunidad de propietarios, creo. (La gestoria que lleva la comunidad de propietarios es muy chillona)
Muchas gracias.
Un saludo.
24/04/2024 09:02
Depende de la CCAA en la que se ubique el piso, cada una tiene su propia normativa turística.

En general, casi todas presumen que si el alquiler se anuncia en plataformas de alquileres turisticos y se hace por menos de 32 días es turístico. En Andalucía menos de dos meses.

En algunas se regula si el piso debe ser en planta baja, o primera, o si debe tener entrada independiente.

La Comunidad puede regular el uso de alquileres turísticos, pero eso lleva tiempo. Y puede denunciar, si son muy quisquillosos.
24/04/2024 10:49
Si la gestoria que lleva la comunidad me preguntan quien es la gente que tengo en mi piso, le puedo decir que son amigos míos? Si me pudiera el contrato o preguntarme que hace esa gente en mi piso tengo obligación de decirles la verdad? O presentarle los contratos?
Muchas gracias.
Un saludo.
24/04/2024 11:27
Jesus43
Usted puede perfectamente alquilar un mes o dos en verano,se llama alquiler vacacional. Y luego declare en IRPF su rendimiento por los meses alquilados y gastos del año a prorrata por los meses alquilados. No es necesario permiso de nadie,co siempre.
Cosa distinta es apartamento turístico como si fuera un hotel,aquí si necesitaría permiso junta vecinos según su comunidad autonoma