Hola Jesús, soy ******* procurador en Granada colegiado nº ***, y sé lo que es un procurador como cliente, como abogado desde 1998, y como procurador desde 2013, y conociendo lo que hace un procurador desde esta triple perspectiva puedo afirmar que llevas razón y que la figura del procurador no sólo es prescindible, sino que si se prescindiese del procurador la Justicia funcionaría mejor, siendo esta afirmación una obviedad porque en la jurisdicción laboral el procurador no es obligatorio y están todos los operadores jurídicos encantados; lo mismo podemos decir de la contencioso-administrativa en primera instancia, de la penal en la fase de instrucción, o de la civil en los procedimientos en los que no es necesario el procurador.
Sí te equivocas en lo de la provisión de fondos, pues no es obligatorio pedirla. Aunque mi despacho está en Granada, como los procuradores ya podemos ejercer en toda España, tienes mi firma a tu disposición para cuantos procedimientos necesites, mi e-mail es *****, podrás comprobar que únicamente cobro al final del procedimiento, ni un céntimo por adelantado, y es totalmente legal. Un saludo y ojalá que la obligatoriedad del procurador sea pronto un mal recuerdo.
Por cierto, echa un ojo a este enlace, si no conoces la noticia te alegrará el día:
http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/8000780/12/16/Europa-insiste-en-la-revision-de-la-figura-del-procurador.html