Vuelve al "Proyecto de Ley de Conservación de datos relativos a las Comunicaciones Electrónicas", la identificación de todos los usuarios de móviles prepago
Los teléfonos móviles con modalidad prepago dejarán de ser anónimos, según establece el Proyecto de Ley de Conservación de datos relativos a las Comunicaciones Electrónicas.
Según el texto del Proyecto las operadoras que comercialicen con tarjetas prepago de telefonía móvil deberán llevar un libro-registro en el que conste la identidad de los clientes que adquieran esta modalidad, y dispondrán de un plazo de dos años para cumplir con las obligaciones de inscripción para las tarjetas adquiridas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley .
Esta medida es contraria a lo que se preveía hasta ahora , ya que durante la redacción del proyecto de ley el Gobierno excluyó el registro de los usuarios de tarjetas prepago anteriores a la entrada en vigor de la futura ley, que son unos 21 millones.
Desde el Gobierno socialista se explica la decisión de incluir este punto en el proyecto, explicando que la obligación de identificar a todos y cada uno de los usuarios de telefonía móvil responde a una "pura razón de seguridad".
El proyecto prevé que transcurrido el plazo de dos años, "los operadores se vendrán obligados a anular o a desactivar aquellas tarjetas de prepago respecto de las que no se haya podido cumplir con las obligaciones de inscripción", aunque deberán compensar al titular por el saldo pendiente de consumo.
A partir de la entrada en vigor de las disposiciones de la Ley, y simpre mediante orden judicial, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, el CNI y Vigilancia Aduanera "podrán acceder a unos datos que, en la actualidad, no están siempre disponibles y dificultan la persecución de los delitos" graves.
Así, fruto de las enmiendas introducidas en la tramitación de la norma, "el tiempo de conservación de los datos por los operadores será de 12 meses, el plazo de cumplimiento de la cesión de datos lo fijará el juez y el tiempo de adaptación tecnológica de los operadores a la nueva regulación será de seis meses".
El texto especifica que los datos a retener serán aquellos "que permitan determinar el momento y duración de una determinada comunicación, su tipo, así como datos necesarios para identificar el equipo de comunicación empleado y, en el caso de inutilización de un equipo móvil, los datos necesarios para su localización" y "en ningún caso revelarán el contenido de la comunicación".