Prevención del Fraude Fiscal: las escrituras de compraventa de inmuebles deberán reflejar el medio de pago utilizado
El anteproyecto de Ley de Prevención del Fraude Fiscal impone la obligación de consignar en la escritura pública el medio de pago usado en las transacciones inmobiliarias, así como la referencia catastral del inmueble y el NIF de los intervinientes. Con esta medida, la nueva Ley pretende evitar el fraude existente en las compraventas de viviendas.
Asimismo, y con el fin de controlar los alquileres, la norma obligará a que los arrendatarios especifiquen el número de referencia catastral en el recibo de la luz y así poder identificar al propietario de la vivienda y conocer si ésta se encuentra alquilada.
Otro de los objetivos de la nueva Ley es impedir la emisión de facturas falsas. Para ello, quien trabaje con empresas y profesionales deberá aplicar una retención a cuenta del IRPF en sus facturas. El objetivo concreto de la Agencia Tributaria es que los contribuyentes que tributan mediante el sistema de módulos paguen una retención al entregar bienes o prestar servicios a otros empresarios, evitando así la existencia de facturas falsas sin coste fiscal (esto es, facturas falsas cuyo IVA se utiliza para blanquear dinero o solicitar devoluciones del mismo impuesto).
En lo referente a las tramas de fraude de IVA en operaciones intracomunitarias, la Ley de Prevención también responsabilizará a todas las personas que intervengan en dichas tramas, aunque no hayan obtenido ningún beneficio económico en la operación. Asimismo, se reforzará el servicio de investigación del Servicio de Vigilancia Aduanera (SVA), con un seguimiento de veinticuatro horas.