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Plan de fomento del alquiler de viviendas : ayudas, deducciones y agilización de los desahucios

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan de Fomento del Alquiler, que contempla una deducción fiscal del 10,05% para los inquilinos y una ayuda directa de 210 euros para jóvenes de entre 22 y 30 años que vivan de alquiler.

Las medidas para fomentar el alquiler entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2008 y en su primer año de vigencia tendrán un coste estimado de 784,5 millones de euros.

La deducción fiscal que prevé el plan para el inquilino es equivalente a la que existe en la actualidad para la compra. Aquí no hay límite de edad, pero la renta anual para acceder a esta ayuda no ha de superar los 28.000 euros brutos.

Los propietarios de viviendas en alquiler podrán ejecutar el desahucio de la vivienda a partir del primer mes de impago de la renta acordada, y no desde el tercer mes como actualmente está contemplado en la Ley. Para incorporar esta medida, será necesario modificar la regulación de los desahucios de la Ley de Enjuiciamiento Civil.De esta forma, se pretende la utilización de juicios rápidos para la reclamación de deudas, así como la reducción de dos meses a quince días el plazo disponible por el inquilino para pagar la deuda desde el requerimiento del pago. Además, esta reforma persigue que la incomparecencia del inquilino equivalga a la aceptación del desahucio y no retrase el proceso.

Esta modificación legislativa intentará agilizar las comunicaciones procesales, la limitación del plazo para que el inquilino solicite la asistencia legal gratuita -habitualmente utilizado para retrasar el proceso-, así como que la sentencia que condene al pago de deudas por rentas de alquiler comprenda todas las deudas acumuladas.

Asimismo, y como medidas para agilizar el desahucio, el Gobierno ha aprobado la creación de los 10 primeros juzgados especializados en este tipo de procedimientos, y tratarán de reforzar los municipios más saturados, si bien aún no se sabe con seguridad en qué provincias se ubicarán.

Entre las medidas incluídas en el Plan de Apoyo a la Emancipación y Fomento del alquiler que se ha aprobado el Gobierno incide en aquellas destinadas a estimular la oferta para conseguir aumentar el parque de viviendas en alquiler, que actualmente supone sólo el 11% del total.

Para ello, flexibilizará las condiciones de acceso a las ayudas de 6.000 euros contempladas en el Plan Nacional para propietarios de viviendas libres desocupadas.

Así, se eliminará el límite de superficie de las viviendas (120 metros cuadrados), además de las obligaciones de cobertura de determinados gastos. Por otro lado, la renta máxima de alquiler queda ampliada de forma que, para una vivienda tipo de 80 metros cuadrados útiles y garaje situada en una gran ciudad, el límite pasará de los 571 euros mensuales a los 1.245 euros. Además, estas ayudas serán compatibles con la exención fiscal del 50% en todos los casos y del 100% para alquiler a menores de 35 años.

El Gobierno prevé que esta modificación motive un incremento en la concesión de estas ayudas, de forma que pasen de las alrededor de 1.600 en 2006 unas 18.000 anuales.

Por otro lado, el plan de fomento del alquiler dispondrá de incentivos para propietarios de viviendas ya construidas para alquiler protegido a 10 años, como préstamos a un interés bajo y subvenciones de las cuotas hipotecarias de entre 6.000 y 11.700 euros, en función de la ciudad donde se ubiquen, así como la ampliación del período de carencia.

Asimismo, se dispondrá de ayudas a la renovación de áreas degradadas y a la remodelación de barrios siempre que un porcentaje de las viviendas resultantes se dedique al alquiler.

En esta misma línea, el plan contempla la aplicación del IVA superreducido del 4% a las viviendas de nueva construcción destinadas al alquiler de renta básica a 25 años, así como la ampliación de beneficios fiscales para Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliarias que promuevan vivienda protegida en alquiler. Estas podrán acogerse a la tributación del 1% del Impuesto de Sociedades con una capacidad de financiación ajena que pasa del 50% al 80% del total.