Nuevas funciones para los policías locales
El Ministerio del Interior ha anunciado una actuación legislativa que permitirá a la policía local contribuir más decisivamente en el mantenimiento de la seguridad ciudadana, gracias a la asunción de nuevas funciones: seguridad ciudadana de proximidad, especialmente en las modalidades de patrulla o policía de barrio; prevención general de la delincuencia, de acuerdo con los planes de seguridad específicos aprobados por la Junta Local de Seguridad; y funciones de policía judicial, especialmente en la prevención, averiguación y persecución de las infracciones penales menos graves.
Estas nuevas funciones de policía judicial se realizarán dentro del ámbito de la justicia local, de barrio o de proximidad, y los agentes deberán tramitar a la autoridad judicial las denuncias y atestados policiales realizados al efecto.
La decisión de la asunción de las nuevas competencias será adoptada en cada caso por la respectiva Junta Local de Seguridad.
Estas nuevas funciones se sumarán a las que ya ejercen las policías locales en materia de policía administrativa, tráfico, y vigilancia y custodia de espacios públicos.
Dicho anuncio fue efectuado por el Ministerio tras la firma de un convenio de colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), cuyo objeto es reforzar la coordinación policial en la lucha contra la violencia doméstica.
Esta actuación legislativa incluirá un marco normativo para que la Policía Local pueda introducir sus informaciones en el sistema estatal de bases de datos policiales, a fin de facilitar la coordinación entre las Fuerzas de Seguridad del Estado.
Por su parte, la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) advirtió que esta ampliación de funciones de la Policía Local puede suponer una mayor descoordinación entre los distintos cuerpos, si no se realiza en el marco de un modelo policial claro que pase por la reforma de la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado