El TSJ de Andalucía condena al Servicio Andaluz de Salud a indemnizar a un paciente al que no diagnosticó un infarto
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) al pago de una indemnización de 200.000 euros a un paciente al que no diagnosticó un infarto de miocardio, por lo que la capacidad de su corazón quedó reducida a la cuarta parte de lo normal.
Sin embargo, la citada sentencia no ha atendido la reclamación de una pensión mensual efectuada por el paciente, debido a que ya recibía una pensión por su incapacidad permanente.
Los hechos ocurrieron los días 18 y 19 de junio de 1998, cuando el demandante acudió al servicio de Urgencias del Hospital de Torrecárdenas, en Almería, con un fuerte dolor torácico que, según consta en la sentencia, no fue correctamente atendido ya que tuvo que acudir hasta en tres ocasiones.
El demérito en la atención del paciente por parte del personal sanitario del citado Hospital propició, a la postre, la correspondiente alta con diagnóstico de hiperlimia, cardiopatía isquémica, infarto agudo de miocardio anterior extenso con disfunción de ventrículo izquierdo muy severa, que se concretó en un 30 por ciento, por lo que el TSJA procedió a condenar al SAS a pagar dicha indemnización.