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El Tribunal Supremo cuestiona a los altos cargos ministeriales que no sean funcionarios de carrera

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado la nueva estructura de los ministerios, aprobada en abril de 2004, por no recoger motivos suficientes para permitir que siete direcciones generales, sean ocupadas por personas que no sean funcionarios de carrera. La normativa afectada establecía de forma genérica que no era necesario que el titular de determinadas direcciones generales fuera funcionario de carrera.

Las direcciones generales afectadas son las de Instituciones Penitenciarias, Ferrocarriles, Integración de los Inmigrantes, Coordinación Informativa de Presidencia, Bellas Artes y Bienes Culturales, del Agua, y de Arquitectura y Política de Vivienda.

La Federación de Asociaciones de los Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado, que instó el recurso, ha reclamado el cese de los directores afectados; sin embargo, el Gobierno ha procedido a ratificar en su cargo a seis de los directores generales afectados por esta sentencia, acreditando 'suficientemente' las razones por las que designó a estas personas para ocupar los dichos puestos pese a no ser funcionarios de carrera. Esta última exigencia de justificación adecuada de tales nombramientos en los Reales Decretos de estructura de los departamentos ministeriales, está recogida en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, cuya modificación no se descarta.

Por su parte, el nombramiento del séptimo afectado, el director general del Agua, había sido ratificado anteriormente a la sentencia.