El matrimonio entre personas del mismo sexo inicia su marcha zanjando la polémica sobre la objeción de conciencia
Entre las diversas polémicas suscitadas por la reforma del Código Civil en materia de matrimonio, una de las más espinosas era la referida a si existiría posibilidad, por parte de los funcionarios públicos, de plantear objeción de conciencia a su celebración.
Dicha polémica ha quedado recientemente zanjada debido a la primera petición de este tipo, planteada por la secretaria del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Colmenar Viejo (Madrid). La funcionaria solicitó al Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, de quien depende jerárquicamente, ser apartada de la tramitación de dos expedientes de matrimonio no heterosexuales y ser sustituida para esa tarea por otro compañero, debido a la colisión entre su deber y su confesión católica. Según su solicitud, denegarle el derecho a la objeción de conciencia supondría una discriminación, contraria al artículo 14 de la Constitución.
Por su parte, el Secretario de Gobierno del TSJ ha advertido a la secretaria judicial que no existe causa legal de abstención en el caso que refiere, debiendo la funcionaria, por tanto, atenerse a las normas procesales vigentes y, en caso contrario, a las consecuencias que de su incumplimiento pudieran resultar.
En otro orden de cosas, y en relación con los efectos del matrimonio, es de destacar que la Seguridad Social ha reconocido, por primera vez, el derecho a percibir una pensión de viudedad al cónyuge de una pareja de personas del mismo sexo, tras el fallecimiento de uno de ellos. La pareja había contraído matrimonio el pasado 21 de julio.
Tras la pertinente comprobación por parte de la Seguridad Social de que el cónyuge supérstite cumplía todos los requisitos para ser beneficiario de la pensión de viudedad, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha reconocido su derecho a la prestación, al día siguiente de su presentación. Según el comunicado del Ministerio, esta modificación legal cierra una larga etapa de discriminación basada en la orientación sexual.
Sin embargo, este comunicado ha venido seguido de la petición al Gobierno, por parte de la Federación Estatal de Lesbianas, Gays y Transexuales (FELGT), de que conceda la pensión de viudedad de forma retroactiva a los cónyuges de parejas homosexuales que no tuvieron posibilidad de casarse por no estar aprobada la Ley que así lo permite. Por su parte, la Federación Española de Asociaciones de Viudas ha manifestado su sorpresa por el inmediato reconocimiento de la prestación, cuando, según su presidenta, hay muchas viudas que no tienen pensión y tienen tantas necesidades.