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Cataluña aprueba la ley que permite que las parejas homosexuales puedan adoptar

El Parlamento de Cataluña aprobó el pasado 31 de marzo una modificación de la Ley del Código de Familia que elimina las restricciones legales para que las parejas homosexuales puedan adoptar hijos, en la línea de otras leyes similares aprobadas en Navarra, País Vasco o Aragón.

La Ley 3/2005 por la que se modifica la Ley de uniones estables de pareja y el Código de Sucesiones por causa de muerte en el Derecho Civil de Cataluña, en materia de adopción y tutela, ha sido publicada en el BOE el día 10 de mayo,.

El proyecto de ley, impulsado por el gobierno catalán, contó con los votos favorables de PSC, ERC e ICV-EUiA, así como de 18 diputados de Convergència, mientras que cinco convergentes se han abstenido y otros nueve han votado en contra, al igual que los parlamentarios de Unió Democrática y del PP catalán.

Esta Ley reconoce un derecho ya reconocido anteriormente en países como Holanda, Suecia, Islandia o Noruega, y posibilita la adopción de menores por parte de parejas homosexuales. Hasta la fecha, esta prohibición había motivado adopciones encubiertas por parejas formadas por personas del mismo sexo, tramitadas como si se tratara de familias monoparentales.

El conseller de Justicia, Josep Maria Vallés, declaró que la iniciativa pretende "proteger los derechos y los intereses de los niños adoptados" en el contexto de las "nuevas formas de familia o convivencia". Vallés considera que esta nueva ley supone un importante avance en la defensa de los derechos del menor, ya que "extiende a los dos componentes de la pareja, y no sólo a uno de ellos, la obligación de proteger al niño", así como el requisito de idoneidad para poder adoptar, que será exigido a los dos miembros de la pareja.

La Ley parte de la base de que aquéllo que es mejor para el interés del menor sólo se puede determinar en cada adopción concreta, y que no debe depender, a priori, de la orientación sexual de los solicitantes. No obstante, en el caso de adopciones internacionales, prevalecerá la legislación de los países de origen de los menores.