8 de marzo: una abogada de Barcelona acude a una vista con su bebé porque el juez no considera que la maternidad sea fuerza mayor que motive un aplazamiento
La abogada Carolina de la Fuente, que fue madre hace un mes, ha debido acudir a una vista del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 5 de Barcelona, en tan señalada fecha, con su bebé en brazos, porque el juez, Don Francisco José González Ruiz, se ha negado a suspender la vista al considerar que la reciente maternidad de la letrada no constituye un motivo de fuerza mayor.
La decana del Colegio de Abogados de Barcelona, Sílvia Giménez-Salinas, intervino personalmente para mediar en el asunto, sin éxito; Giménez-Salinas declaró que hace seis años que las abogadas luchan en contra de esta situación, y es que según han denunciado otras compañeras de la afectada, cada juez pede estipular qué es fuerza mayor por el vacío legal existente. Finalmente la vista no se ha llegado a celebrar porque las partes han acordado aplazarla 60 días.
De la Fuente dio a luz el pasado 6 de febrero a un niño prematuro, de siete meses y medio, que no fue dado de alta hasta diez días después, según sus declaraciones. Dos días después del nacimiento del bebé estaba prevista una vista para práctica de prueba, que fue aplazada mediante la presentación de la documentación acreditativa de su reciente maternidad. Tras el parto, Carolina permaneció ingresada en el hospital 10 días y su hijo cinco más en la unidad de cuidados intensivos. Se aplazó la práctica para el 8 de marzo. Sin embargo, el 28 de febrero, la letrada presentó una nueva instancia ante el juez en la que solicitó otro aplazamiento de la vista, acogiéndose a la previsión de la Ley de Enjuiciamiento Civil que permite suspender las actuaciones judiciales por causas de fuerza mayor.
El juez rechazó esta segunda petición el mismo día de su presentación, argumentando que un parto reciente no debe ser considerado un motivo de fuerza mayor suficiente, y sugirió a la letrada que enviara a la vista a un compañero de despacho, lo que los clientes de la abogada no aceptaron.
La letrada presentó entonces un recurso de súplica contra la decisión judicial, alegando su derecho a baja maternal y el derecho de defensa de sus clientes, pero, sin existir resolución sobre esta segunda cuestión, el juez mantuvo la vista programada. De hecho, la letrada ha declarado que podría haber acudido sin su hijo a la citación del día 8 de marzo, pero entonces estaría reconociendo que mi hijo no me impide realizar mis trabajos, y se niega a ceder.
En un comunicado, el Colegio de Abogados de Barcelona ha pedido que se establezca la obligatoriedad de los juzgados de suspender las actuaciones judiciales cuando una abogada solicite su aplazamiento por causa de maternidad.