Efectivamente, solo se considerará fichero cuando exista un medio de grabación de las citadas imágenes.
Una recomendación interesante es leer la instrucción 1/2007 de la agencia de protección de datos de Madrid que clarifica muchos aspectos y puede ser de mucha ayuda para confeccionar un manual de seguridad de video vigilancia.
Un saludo y gracias por colaborar
Bueno pues siguiendo con la política de que esta web sea de ayuda para todos ya tengo las respuestas a mis preguntas
1) Se consideran datos de salud y por lo tanto altamente protegidos
2) Si que estamos recabando un exceso de datos para la finalidad
3) no es necesario la autorización del otro propietario porque hay un documento judicial que nos vincula. El propio parte de accidente.
Un saludo a todos
La verdad es que la pregunta esta muy mal hecho.
Me refiero al nuevo proyecto de ley para el RMS. Existe un proyecto de ley que está en consejo de gobierno para ser aprobado con las nuevas medidas RMS.
Un saludo
Bueno aunque la pregunta la hice yo mismo, y con el objetivo de ser de ayuda a otros compañero/as os aporto la solución.
Según la AGEPD y atendiendo literalmente a la ley hay que tener un registro diario de los movimientos de la pda con los datos. Por lo tanto todos los días el comercial debe firmar la salida y el responsable del fichero autorizarla.
Aunque la pregunta la hice yo mismo y con el objetivo de ser de ayuda por si esta misma duda la tiene otro compañero/a os adjunto al solución.
Según la AGEPD los ficheros de videovigilancia deben ser considerados como nivel de seguridad BASICO, y debemos tener un manual de seguridad donde se cumpla el artículo 9. En principio si las grabaciones se realizan a cintas por ejemplo debemos aplicar las mismas medidas que si fuera un fichero físico (papel). si se graban a un ordenador debemos aplicar las medidas típicas para un dispositivo.
Muchas gracias a todos. En el formulario NOTA cuando se da de alta en modo NORMAL se puede elegir un tipo de fichero que es VIDEO VIGILANCIA a partir de ahí es todo normal. Muchas gracias por vuestra ayuda
Muchas gracias por tu colaboración. Mi duda es... aunque yo no tenga ningún documento ni físico ni automatizado de personal ni de nóminas sigo siendo el responsable del fichero ?
muchas gracais