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María Victoria Eugenia JUNCAL BLANCO
Graduado social
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Presentación
Despacho especializado en pensiones y prestaciones de la Seguridad Social. Cálculo y estudio previo de viabilidad
He obtenidota primera Sentencia estimatorio a través de los Juzgados de los Social de la Provincia de Pontevedra, en solicitud de pensión de viudedad a viudo, año 1984. previo a la modificación de la Ley General de la Seguridad Social de 1994
Asesoramiento y Auditorias de relaciones laborales.
Estoy de acuerdo contigo en la necesidad de una buena enseñanaza, con todo lo que ello implica, pero también si partiéramos de la premisa anterio,r deberia llevarnos a otro modelo de sociedad, no a ésta, globalizada....
Por eso soy consciente, que la realidad es ésa otra en la que existen muchas injusticias y abusos y, para muchos (y cada vez) más lamentablemente , no existe tan siquiera el poder de elección, fruto de esta so(u)ciedad globalizada que establece más diferencias entre pobres y ricos..
Me alegra tú honestidad y ojalá toda la sociedad 'pudiera' ser así, pero también creo que ésa honestidad, deberia también dejando a un lado tú arrogancia, poder 'entender' otras situaciones, que las hay, diferentes a la tuya.
Un saludo,
Para Armony, La realidad es que a la mayoria de las mujeres o se les hace contratos basura a tiempo parcial(trabajando jornadas superiores a las 40 horas semanales) o simplemente sin asegurar trabajando para empresas de beneficios millonarios , contratadas eventualmente y con salarios de hambre que sólo les permite mal vivir.. o también probablemente y sin asegurar como empleada del hogar y hasta probablemente contratada por muchos de los funcionarios que sí están cobrando directamente del Estado; Provincia , Municipio y/o Gobiernos Autónomos.
No creo que a nadie le beneficie ésta situación, pero todavía menos a éste tipo de trabajadores.
Para tener derecho a la pensión de Jubilación a nivel contributivo, se precisatener cotizados 5475 días, de los cuales 700 tendrán que estar comprendidos en los últimos 15 años.
Por otra parte, para seguir manteniéndose en situación de alta y generar así el derecho a pensiones de la Seguridad Social, Sí trabaja como empleada del hogar o de limpiadora por horas y para ninguno de los cabezas de familia trabaja más de 79 horas semanales, podría; solicitar el alta con obligación de pago por la misma trabajadora. Al contrario sí superase las 80 horas la obligación del pago corresponderia al cabeza de familia.
Pero sí no fuera ése el caso, entonces podría solicita a la Tesoreria de la Seguridad Social la suscrición de convenio especial. Con ello, no sólo mantedría la situación de alta, y cotización sino que además en el supuesto de que le sobreviniera una enfermedad causante de incapacidad, tendría derecho a la pensión correspondiente. Actualmente la cotización al convenio especial, una vez autorizado por la Tesoreria,el pago mensual mínimo sería de 217,39€ mensuales.
Espero haber podido darte una visión general de la situación.
Saludos.