Una familia vive desde 2001 en una vivienda unifamiliar que no tiene licencia de primera ocupación del ayuntamiento, ni cédula de habitabilidad, ni certificado de final de obra del arquitecto. La casa,oficialmente, no es más que un edificio en obras. Además, adolece de diversos defectos constructivos por los que hay pendiente un procedimiento judicial contra constructor y técnicos. Existe un informe pericial que expone dichos defectos, y que remarca la peligrosidad de algunos de ellos (poca altura de las barandillas de terrazas, riesgo de caída de elementos de la fachada, hueco peligroso en las escaleras...), teniendo en cuenta que en la casa viven tres menores. En la práctica, la familia ha vivido en la casa durante más de cuatro años. Actualmente existe un procedimiento de divorcio, en el que ambos progenitores reclaman el uso de la vivienda. La pregunta es: si el progenitor que acaba siendo privado del uso de la vivienda denuncia estos hechos, ¿cabría la posibilidad que la casa tuviera que ser desalojada forzosamente? ¿Qué tipo de denuncia debería hacerse? ¿Al Ayuntamiento, por la vía administrativa? ¿O incluso por la vía penal, contra el progenitor que mantenga a sus hijos viviendo en una casa con peligros potenciales? Muchas gracias por vuestra ayuda.