Alguien podría aclararme como se articulan las competencias de Estado y Comunidades autonomas en este tema de las VPO??
Por un lado tenemos las leyes autonómicas en el ejercicio de su competencia exclusiva pero por otro sigue vigente el RD del 78 y seguimos teniendo plantes quinquenales. No termino de entenderlo.
Yo lo entiendo es que son dos administraciones distintas con actividades distintas en un mismo sector. Es decir, hay promociones de VPO de iniciativa y protección autonómicas y otras del ministerio, cada una tiene sus presupuesto y sus inversiones.