Hola, buenas tardes
Antes de nada gracias por la ayuda
Tengo un problema, compre una vivienda la cual la finalidad era alquilarla y disfrutarla es 2º vivienda, alquilarla para poder pagarla y disfrutarla cuando me fuera posible.
Resulta que estoy solicitando los permisos necesarios para vivienda turística y después de varias conversaciones con la administradora y gastar dinero en tasaciones y papeleos me encuentro con que la administradora me dice que hay una clausula en los estatutos la vivienda tiene 30 años que impide alquilar la vivienda.
ES esta clausula :
articulo 10, los pisos habran de ser destinados a vivienda u oficina particular de sus propietarios- queda prohibido establecer en ellos colegios , hospederias.."
Hicieron una reunion de propietarios de los cuales son 12 vecinos y 9 estan de acuerdo con aprobar vivienda turistica y 3 no
Hospedaje esa lo mismo que vivienda turistica?
yo actuamente tengo los permisos en el ayuntamiento a esperas aprobacion
Se podría hacer algo????
lo peor es que uno que dijo que no alquila su piso
Gracias, un saludo
antes de nada tranquilizese porque el problema creo que tiene arreglo
vaya al registro de la propiedad solicite la escritura de obra nueva y división horizontal y que le informen si están inscritos los estatutos.
yo creo que no estaran, si es así lea el art. 5 de la LPH penúltimo párrafo
El título podrá contener, además, reglas de constitución y ejercicio del derecho y disposiciones no prohibidas por la Ley en orden al uso o destino del edificio, sus diferentes pisos o locales, instalaciones y servicios, gastos, administración y gobierno, seguros, conservación y reparaciones, formando un estatuto privativo que no perjudicará a terceros si no ha sido inscrito en el Registro de la Propiedad.&&
escriba burofax al presidente indicándole reunión extraordinaria en un plazo de XX días, para tratar dicho asunto, y le comunica que ese acuerdo no le vincula según el art. 5 y que cualquier acuerdo que figure en los estatutos es necesaria la unanimidad, por lo cual ese acuerdo no es válido art. 17.6
6. Los acuerdos no regulados expresamente en este artículo, que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad, requerirán para su validez la unanimidad del total de los propietarios que, a su vez, representen el total de las cuotas de participación.
y que si en ese espacio de tiempo no se convoca la junta impugnará dicho acuerdo con el correspondiente gasto para la comunidad.
deberá buscar abogado y procurador e impugnar, tendrá poco tiempo, en este caso estimo
que serán tres meses desde que tenga conocimiento, dado que este acuerdo estimo que no va contra el título constitutivo
Y como tendria q hacer?? Es decir q me aconsejas, ahora lo tengo metido en el principado a la espera de la celula de habitabilidad para meter todos los papeles en el ayuntamiento.
Que me recomiendas que en el ayuntamiento q me piden el estatuto lo meta todo para ver si me lo aceptan o hacer lo q me dijiste del registro primero???
En el registro iria y que consultaria si estan los estatutos registrados?? O la pauta q me diste de darlo de alta y todo lo q me pusiste.
Mil gracias
Lo primero es comprobar si los Estatutos están legalizados, inscritos en el Registro. Si así fuese y en ellos figurara la cláusula que nos indica de que está prohibido el hospedaje ... nada podría hacer salvo pedir a la comunidad que le autorice a dedicar el piso a apartamento turístico.
Lo que tiene que hacer ya, es ir al Registro, solicitar escritura de obra nueva y si estan inscritos los estatutos.
Cuando lo tenga escriba, y A la par siga con el ayuntamiento
Dice usted que en el syuntamiento le piden los estatutos? Eso es un poco raro
No estoy de acuerdo con Fixin cuando dice que si los estatutos estan registrados no tendria nada que hacer, dado que como ya le he dicho los estatutos se aprueban por unanimidad y usted apunta que no fue a si, por lo cual el acuerdo seria anulable
Ahora mismo ellos tienen en papel viejo unos estatutos q consultare si estan registrados.
Si estas registrados yo creo q es donde tengo el problema pq en esos estatutos pone la clausula articulo 10 q puse arriba, y hicimos una reunion de la aprobacion vivienda turistica en la cual 3 dijeron q no la aceptaban.
Un saludo
Vale.
Mañana voy a mandar aun familiar al registro a q me realice el tramite de consultarme esa info en el registro.
Ya me comento q solicite registro obra nueva y horizontal y q me confirmen si estan los estatutos alli de mi portal.
Ya os voy diciendo espero q no esten.
Amadeo eres abogado??, porque tengo q buscar uno ya.
Un saludo y gracias
Otra cosa que igual sirve
Estoy mirando los estatutos pone una calle distinta y pone que hay 4 pisos por planta y hay 3
es que son super antiguos los estatutos pero podre demostrar que están hablando de otra propiedad??
un saludo
En ningún momento el consultante ha dicho que los estatutos no se aprobaran por unanimidad, de hecho no dice como se aprobaron o si fueron obra del constructor.
La votación a la que se refiere es sobre la posibilidad de instalar o no una vivienda turística.
Nose como se aprobaron ni idea, como lo podria saber???
Otra cosa constan pisos q no existen y el estatuto consta un nombre de barrio q se llamaba asi aun monton de viviendas.
Como si describieran otro edificio
Eso puede ser??
Fixin entiendo cuando Xananinadani dice: Hicieron una reunion de propietarios de los cuales son 12 vecinos y 9 estan de acuerdo con aprobar vivienda turistica y 3 no, entiendo que se refiere a los estatutos. Que lo aclare el.
Le he puesto en la otra pregunta que es mejor no preguntar sibre algo ya preguntado porque al final nos liamos.
No se que estatutos tendra su edificio, pero en ellos no tienen porque figurar todos los departamentos, porque figurese una comunidad de 100 viviendas. Y como ve debe figurar su nombre o direccion
Vea este borrador
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Cuando sepa lo del registro lo indica
El registro lo de obra nueva y vivienda horizontal no sabian lo q eran, le pregunte luego lo de lps estatutos y me dijeron q si estan inscritos y q me los dan el proximo jueves.
Ya lo tengo complicado no????
Hola, no donde lo pedi hoy fue en registro, jeje.
Me dijeron q eso de obra nueva y horizontal no sabian q era y le explique que era para el tema de los estatutos y me dijeron q estaban inscritos que me los dan emel jueves, el registro te hablo.
Por eso te preguntaba si ya lo tengo complicado, me pregunto si los queria completos y les dije q si. Gracias
No llego a entender que en el registro le digan que no saben lo que es la escritura de obra nueva y division horizontal, es del todo incomprensible
Los estatutos pueden estar inscritos pero puede no estar recogido ese punto.
Compruebe que son los de su comunidad.
Yo pensaba que se daban en el mismo momento de su solicitud