Estimados compañeros. La cuestión es la siguiente, se trata de una herencia con tres herederos hijos del causante y un legatario, nieto del causante El testamento dice: el legatario recibirá la mitad de lo que reciba cualquiera de los tres herederos. Conocéis alguna norma en la que se diga que la vivienda habitual del causante es necesariamente para uno de los hijos.
Alguien que de una opinión. Ya sé que es un tema complicado. Creo que tiene que ver con la preferencia troncal. Hijos sobre nietos, en la vivienda habitual. Por favor. No lo tengo claro y es muy importante para un asunto que estoy llevando.
Hace tres años murio mi padre y al liquidar la herencia nos acogimos a la deduccion por vivienda habitual. No podemos vender esta vivienda hasta pasar 10 años.
Si mi madre , que es la que vive en ella ,se empadrona en otra ciudad, ? Podemos tener problemas ? ? Es necesario seguir empadronado hasta que pasen los diez años ?
¿ De qué Comunidad sois?. En Andalucía creo que son tres años. Además se puede reinvertir lo obtenido con la venta en otra vivienda. No hahéis dado vuestra opinión sobre la cuestión de la preferencia de los hijos sobre el nieto. Gracias.